lunes, 11 de julio de 2022

PLOS informa sobre la publicación del Histórico de Evaluación por Pares Abierta

Publicado en blog SciELO en Perspectiva
https://blog.scielo.org/es/2022/07/05/plos-informa-sobre-la-publicacion-del-historico-de-evaluacion-por-pares-abierta/#.YsxkcITMJD8


PLOS informa sobre la publicación del Histórico de Evaluación por Pares Abierta
 
Julio 5, 2022

Por Lilian Nassi-Calò

La editorial de acceso abierto PLOS1, que hoy cuenta con 12 revistas, nació a partir de una propuesta de los defensores del Movimiento de Acceso Abierto Harold Varmus, Patrick Brown y Michael Eisen, en 2001. PLOS ONE se lanzó en 2006 como la primera revista multidisciplinaria que adopta la revisión por pares con un enfoque en la metodología rigurosa y la investigación ética, desvinculada de cualquier impacto potencial de la publicación.

El editorial publicado en PLOS Biology2 en noviembre de 2006, que anunciaba el lanzamiento de PLOS ONE, mencionaba dos prácticas pioneras e innovadoras que adoptaría la nueva revista. La primera establece que “si el artículo es aceptado, el nombre del editor responsable se publicará en el artículo como reconocimiento de su papel y responsabilidad en hacer que el artículo esté disponible públicamente.”2 La segunda se refiere a la continuidad de la discusión del artículo posterior a la publicación: “una vez que un artículo es de dominio público después de la publicación, comenzará la revisión abierta por pares. Los lectores pueden comentar y calificar artículos. Los artículos no serán una declaración estática de hechos, sino el comienzo de una conversación con la comunidad científica.”2

En 2022, cuando fuimos testigos de los esfuerzos de la comunidad científica, especialmente de los editores de revistas, las sociedades científicas y las instituciones de investigación, para mostrar a todos los actores los beneficios de operar con prácticas de ciencia abierta, mientras buscan recursos con agencias de financiamiento y gobiernos para ponerlas en práctica, las recomendaciones visionarias de PLOS ONE indican que hace más de una década, la ciencia abierta ya era una parte integral de la comunicación científica, simplemente no nos dábamos cuenta.

PLOS informa en su blog3 observaciones sobre la experiencia de publicar el Histórico de la Revisión por Pares en las revistas de la colección desde la implementación de esta opción, desde hace tres años. El número total de artículos cuyos autores y revisores optaron por adoptar algún grado de revisión por pares abierta suma más de 18.000 en este período de tiempo.

La revisión por pares abierta abarca varias prácticas, como bien saben los lectores de este blog,4 y la combinación de ellas puede resultar en al menos 22 formas de revisión por pares abierta (open peer review, OPR).

Según PLOS, el elemento común a las diversas formas de revisión por pares abierta es algún elemento de apertura en el proceso, que puede variar desde la posibilidad de comentarios públicos hasta la publicación de la carta de aceptación del editor. PLOS enfatiza que la regla general de revisión por pares en sus revistas es anónima y las revisiones son confidenciales. Sin embargo, los árbitros pueden optar por firmar sus opiniones, y se les advierte de la posibilidad de publicar estas opiniones.

Al tener un artículo aprobado para publicación, los autores pueden optar por publicar el Historial de revisión por pares, que incluye los siguientes documentos: (i) Cartas de decisión del editor; (ii) Opiniones de evaluación (firmadas por los árbitros, si corresponde); y (iii) las respuestas de los autores a los comentarios de los revisores.

Según las opciones del árbitro y del autor, son posibles cuatro combinaciones, que se muestran en el siguiente diagrama.


Figura 1. Adaptado de: MORTON, L. Published Peer Review History at PLOS: Observations from the past three years2

Cabe señalar que la decisión de publicar el historial de revisión por pares recae en el autor. El árbitro puede decidir no firmar su informe, pero esto no impide que su opinión se publique de forma anónima. Lo más importante, enfatiza PLOS, es que los beneficios de compartir la historia están en el contenido de las opiniones y no en la identificación de los árbitros, ya que hay mucha discusión sobre su anonimato, cuando el foco está en la “retroalimentación constructiva de opiniones abiertas”.

Para formar una base de datos de opiniones abiertas, los componentes del historial de revisión por pares reciben un DOI y se almacenan en un formato legible por máquina en un servidor externo para la extracción y el análisis de datos, además de publicarse en la plataforma de la revista, junto con los artículos respectivos.

Esto ha llevado a PLOS a ofrecer a los autores y revisores la opción de publicar su historial de revisión por pares, mientras que otros como eLife, revistas seleccionadas en la colección TheBMJ y EMBO Press prefieren hacer de la revisión abierta una regla y permitir que los autores opten por no publicar las opiniones. Los editores de PLOS creen que esta versión brinda flexibilidad y control a los autores, en lugar de imponer un modelo de evaluación abierto.

El porcentaje relativamente bajo de adhesión a la publicación del historial de revisión por pares –en promedio 40%– se compensa con el alto número de artículos publicados por las revistas PLOS, que ronda los 18.000/año. A modo de comparación, este número es de 5 a 10 veces el número de artículos publicados por BMJ Open y eLife, respectivamente. La cantidad de artículos que publicaron el historial de revisión por pares de 2019 a 2021 asciende a más de 17.000, lo que proporciona un corpus de datos muy rico para el análisis.

Los datos registrados por PLOS nos permiten estudiar el comportamiento de los árbitros al firmar los dictámenes de las actas de evaluación. Del total de evaluaciones, se firmaron 17,8%, lo que corresponde a alrededor de 40 mil revisores. De los artículos cuya historia fue publicada, el 44% contó con la firma de al menos uno de los revisores. Estos números, es importante notar, a diferencia de los datos de autor, que solo cuentan los de artículos aprobados, se refieren a revisores en total, de artículos aprobados y no aprobados para publicación. Cabe señalar, por tanto, que el mayor porcentaje de opiniones firmadas se refiere a artículos aprobados o con recomendaciones menos importantes.

Los editores de PLOS informan que mantienen un diálogo abierto y continuo con los miembros de las comunidades de investigación, los editores y las partes interesadas, y consideran que la revisión por pares es demasiado importante para llevarla a cabo a través de un modelo impuesto que no es un consenso entre las partes involucradas. Suena como una buena práctica.

Notas

1. PLOS, en el momento de su lanzamiento en 2001, era el acrónimo de Public Library of Science. Actualmente, el nombre del editor ya no hace referencia a las siglas.

2. MACCALLUM, C.J. ONE for all: the next step for PLoS. PLoS Biol. [online]. 2006, vol. 4, no. 11, e401 [viewed 5 July 2022]. https://doi.org/10.1371/journal.pbio.0040401. Available from: https://journals.plos.org/plosbiology/article?id=10.1371/journal.pbio.0040401

3. MORTON, L. Published Peer Review History at PLOS: Observations from the past three years [online]. The Official PLOS Blog, 2022 [viewed 5 July 2022]. Available from: https://theplosblog.plos.org/2022/06/observations-on-published-peer-review-history

4. SPINAK, E. Sobre as vinte e duas definições de revisão por pares aberta… e mais [online]. SciELO em Perspectiva, 2018 [viewed 5 July 2022]. Available from: https://blog.scielo.org/blog/2018/02/28/sobre-as-vinte-e-duas-definicoes-de-revisao-por-pares-aberta-e-mais/

Referencias

MACCALLUM, C.J. ONE for all: the next step for PLoS. PLoS Biol. [online]. 2006, vol. 4, no. 11, e401 [viewed 5 July 2022]. https://doi.org/10.1371/journal.pbio.0040401. Available from: https://journals.plos.org/plosbiology/article?id=10.1371/journal.pbio.0040401

MORTON, L. Published Peer Review History at PLOS: Observations from the past three years [online]. The Official PLOS Blog, 2022 [viewed 5 July 2022]. Available from: https://theplosblog.plos.org/2022/06/observations-on-published-peer-review-history

SPINAK, E. Sobre as vinte e duas definições de revisão por pares aberta… e mais [online]. SciELO em Perspectiva, 2018 [viewed 5 July 2022]. Available from: https://blog.scielo.org/blog/2018/02/28/sobre-as-vinte-e-duas-definicoes-de-revisao-por-pares-aberta-e-mais/

Enlaces externos

About PLOS – PLOS: https://plos.org/about/

Text and Data Mining – PLOS: https://plos.org/text-and-data-mining/

 

Sobre Lilian Nassi-Calò

Lilian Nassi-Calò estudió química en el Instituto de Química de la USP, tiene un doctorado en Bioquímica por la misma institución y un pos doctorado como becaria de la Fundación Alexander von Humboldt en Wuerzburg, Alemania. Después de concluir sus estudios, fue docente e investigadora en el IQ-USP. Trabajó en la industria privada como química industrial y actualmente es Coordinadora de Comunicación Científica en BIREME/OPS/OMS y colaboradora de SciELO.

Traducido del original en portugués por Ernesto Spinak.

domingo, 10 de julio de 2022

MÉXICO: Desigualdad salarial académica. El caso de la UNAM

Publicado en SciELO Preprints: https://preprints.scielo.org/index.php/scielo/preprint/view/4376


Lizardi, C. G. de. (2022). For my race shall speak inequality: an estimation of the Gini coefficient for 2020. In SciELO Preprints. https://doi.org/10.1590/SciELOPreprints.4376  

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Por mi raza hablará la desigualdad: una estimación del coeficiente de Gini para el 2020

For my race shallspeak inequality: an estimationof the Gini coefficient for 2020

Pois minha raça falará desigualdade: uma estimativa do coeficiente de Gini para 2020

Carlos Guerrero de Lizardi*

Resumen
Laboralmente hablando la Universidad Nacional Autónoma de México trata desigualmente a iguales. Utilizando la escasa información disponible sobre los pagos a los trabajadores (administrativos, académicos, investigadores y funcionarios) construimos una unidad de equivalencia. Con esta medida hicimos comparable al pago por hora-semana recibido por cualquier trabajador puma −por ejemplo una profesora de asignatura y un profesor titular C tiempo completo. Así como el CONEVAL suma a los ingresos de las personas las transferencias recibidas, nosotros sumamos a los pagos de los funcionarios las variopintas “transferencias” monetarias y no monetarias que reciben regularmente. Para estimarla desigualdad de los pagos utilizamos el coeficiente de Gini −que ascendió a 0.65 para el 2020. Al final del documento puntualizamos las acciones que deberán tomar las autoridades para implementar una política transversal que atempere al trato desigual hacia sus trabajadores. Si la microsociedad compuestas por las y los universitarios decide, conjuntamente, mejorar las reglas de la distribución de los pagos y los privilegios monetarios y en especie, contribuirá positivamente al combate de las desigualdades históricas padecidas a lo largo y ancho de nuestro país−y lo contrario.

Palabras clave: trabajadores universitarios, pagos y transferencias, coeficiente de Gini, política transversal pro-igualdad, laboratorio puma de microdatos

Abstract
Professionally speaking the National Autonomous University of Mexico treats equals unequally. Using the scarce information available on payments to workers (administrative, academics and officials-authorities) we build a unit of equivalence, that is to say, we made their payments comparable–the hourly pay received by any “puma” worker, for example by an hourly teacher and a full-time professor. Just as CONEVAL adds to people’s income the transfers received, we add to the payments of officials the various monetary and non-monetary “transfers” they receive regularly. To estimate the inequality of payments we used the Gini coefficient –which amounted to 0.65 in 2020. At the end of the document we specify the actions that the authorities must take to implement a transversal policy that tempers the unequal treatment of their workers. If the microsociety composed byall kinds of “pumas”

Keywords: university workers, payments and transfers, Gini coefficient, transversal proequality policy, “puma” microdata laboratory                                  

martes, 5 de julio de 2022

MÉXICO: sobre la Ley General de Bibliotecas


No hay de qué alarmarse

Periódico La Jornada
martes 05 de julio de 2022 , p. 4a

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminara hace unos días que las bibliotecas “no podrán poner las obras y producciones para consulta pública sin previa autorización de los titulares de los derechos”, prevalece la polémica e incertidumbre entre la comunidad bibliotecaria, editorial, cinéfila, musical y televisiva que continúa manifestándose contra la decisión de la Corte.

El director de la Biblioteca Nacional de México (BNM), Pablo Mora Pérez-Tejeda, aseguró en entrevista con La Jornada que mientras no se emita una última sentencia o concluya el proceso jurídico de la Ley Federal del Derecho de Autor, a la cual debe sujetarse la Ley General de Bibliotecas (LGB), hasta el momento, “no se ha dado un duro golpe al derecho de acceso al conocimiento de los mexicanos. No hay que alarmarse”.

El investigador explicó que “la Ley Federal del Derecho de Autor específicamente salvaguarda la protección y los derechos de los autores en nuestro país, por lo tanto, su reglamento es de carácter obligatorio. La SCJN emitió un documento sobre el tema de derechos de autor ante los recientes amparos que se solicitaron de los editores sobre la salvaguarda para proteger sus obras y producciones; estoy enterado de que este recurso es parte de un proceso jurídico que no ha terminado”, por lo que, matizó, “debemos esperar el resolutivo para dar alguna opinión”.

El carácter público no está en riesgo, afirma

–¿Las bibliotecas públicas pueden intervenir en el caso?

–Sólo si se requiere. La BNM y sus especialistas podrían emitir sugerencias basadas en los temas relativos a su operación, en apego a las facultades que la propia ley les confiere. Además, podrían establecer sus políticas internas con base en las disposiciones aplicables; corresponde al Poder Legislativo la creación de ordenamientos con carácter obligatorio (artículo 38, de la LGB).

“Por lo pronto, estamos colaborando en la elaboración de un Reglamento General de la LGB para puntualizar medidas concretas y coadyuvantes para dar confianza a los autores y productores de los bienes documentales que depositan.

“Por esa razón, considero que todavía no hay que alarmarse. Actualmente, contamos con un presupuesto otorgado por la Universidad Nacional Autónoma de México que garantiza la adquisición de obras específicas con el propósito de enriquecer tanto el acervo como las colecciones. Por otra parte, nuestra fuente de mayor abastecimiento son el depósito legal y las donaciones.”

El depósito legal es una norma jurídica que obliga a los editores y productores del país a entregar de forma gratuita sus productos a las bibliotecas Nacional de México, del Honorable Congreso de la Unión, y de México, para su consulta, organización, preservación y custodia.

Según la página oficial de la BNM, se reciben “dos piezas de libros, folletos, mapas, partituras, carteles, revistas, periódicos, así como otros materiales impresos del ámbito cultural, científico y técnico, además de un solo ejemplar de obras publicadas en formato electrónico o digital”.

Para el también especialista en literatura mexicana e hispanoamericana de los siglos XIX y XX, la figura de la biblioteca pública “no está en riesgo de ninguna manera”, siempre y cuando se respeten las leyes, como se ha venido haciendo.

“Las bibliotecas nacionales o depositarias tienen la misión de conformar, preservar y difundir la producción que es también patrimonio cultural decisivo en tanto constituye la memoria de un país. Sus objetivos son también garantías que se ofrecen a los productores de libros, revistas y materiales documentales, cuya compra, depósito o donación preserva la producción impresa de México.

“Evidentemente, hay grandes compañías editoras que tienen un interés meramente comercial en los libros, pero éste, en todo caso, enriquece una labor cultural importante al generar objetos impresos en un país que tiene la necesidad de formar lectores.

“A la BNM acuden (en su mayoría) estudiantes e investigadores de bachillerato o universidad. Además, hay un aforo permanente de investigadores procedentes del extranjero. Estas visitas se deben a la gran riqueza del patrimonio nacional y mundial que resguarda nuestra institución.

“La BNM cuenta con el servicio de consulta dentro de sus instalaciones, bajo la supervisión y control de su personal, cumpliendo en todo momento con lo ordenado en Ley Federal de Derechos de Autor. No se permite el préstamo domiciliario de los ejemplares físicos.

“El trabajo de las bibliotecas no compite ni desvía a la industria editorial de México, sino todo lo contrario, la pone al servicio de los usuarios respetando los derechos de autor y de sus productores. Las bibliotecas juegan un papel importantísimo en toda la historia de la humanidad, porque son agentes que contribuyen a la construcción de una sociedad más abierta y democrática”, concluyó Pablo Mora, quien asumió la dirección de la BNM en 2016.


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- La principal preocupación de las editoriales es la piratería de libros digitales, este es el hilo conductor de los amparos promovidos por esas productoras culturales contra el depósito legal

- El problema grave con esta última resolución de la Corte “es que con las nuevas regulaciones se aplicarían parejo tanto para el material físico, como el electrónico. El digital corre más peligro de ser clonado, los físicos no. De acuerdo con las modificaciones a la Ley Federal de Derechos de Autor y la Ley General de Bibliotecas, los libros no podrían ser consultados sin un permiso escrito de los autores

- El depósito legal es una figura que existe desde el siglo XVII, donde todas las editoriales que publiquen en el país deben entregar seis ejemplares, dos a cada biblioteca depositaria: la Biblioteca Nacional, la Biblioteca del Congreso y la Biblioteca de México. Antes se apelaba a la buena voluntad, ahora hay una penalización si no se dan

- El depósito legal tiene dos voluntades: la primera es preservar la memoria histórica a través de materiales escritos y, ahora también, digitales, eso lo hacen en casi todos los países. Y la segunda, es dar acceso a mayor número de personas a la información que se va generando.

- Solicitar un permiso para poner libros a disposición de los usuarios en una biblioteca pública sí nos pone en un aprieto. Si sólo pensamos en la memoria, no es de mucha utilidad si no hay una democratización del conocimiento, del saber, de la literatura y de todo lo que viene. El depósito legal se limitaría a sólo recibir libros, sin poder consultarlos, sería una ley que se quedaría coja. 



Resolución de SCJN sobre bibliotecas aún no es concluyente: Leyva Pérez-Gay


Ciudad de México. La principal preocupación de las editoriales es la piratería de libros digitales, este es el hilo conductor de los amparos promovidos por esas productoras culturales contra el depósito legal, señaló el director de la Biblioteca de México, José Mariano Leyva Pérez-Gay, a propósito de la nueva resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“La gente está mudando poco a poco a lo digital, dependiendo de sus recursos y el acceso a Internet. La ley llega en este momento donde también se empieza a editar digitalmente. De allí nace la inquietud sobre si un libro virtual podría salirse de control con piratería y llegar a todos lados”, detalló el funcionario en entrevista con La Jornada.

Agregó que el problema grave con esta última resolución de la Corte “es que con las nuevas regulaciones se aplicarían parejo tanto para el material físico, como el electrónico. El digital corre más peligro de ser clonado, los físicos no. De acuerdo con las modificaciones a la Ley Federal de Derechos de Autor y la Ley General de Bibliotecas, los libros no podrían ser consultados sin un permiso escrito de los autores.

“Este fallo de la SCJN fue emitido en respuesta a dos amparos, no es un asunto definitivo, aún le falta mucho a este proceso legal para llegar a una conclusión, hay que esperar a que se procesen los aproximadamente 50 amparos que faltan.

“El depósito legal es una figura que existe desde el siglo XVII, donde todas las editoriales que publiquen en el país deben entregar seis ejemplares, dos a cada biblioteca depositaria: la Biblioteca Nacional, la Biblioteca del Congreso y la Biblioteca de México. Antes se apelaba a la buena voluntad, ahora hay una penalización si no se dan.

“Cuando vi por primera vez esto, me gustó muchísimo. Es decir que, después de casi seis meses que dura el registro y producción, puedes consultar, prácticamente, cualquier libro que se publicó en México.

“Ahora bien, solicitar un permiso para poner libros a disposición de los usuarios en una biblioteca pública sí nos pone en un aprieto. ¿Qué sucedería? El depósito legal tiene dos voluntades: la primera es preservar la memoria histórica a través de materiales escritos y, ahora también, digitales, eso lo hacen en casi todos los países. Y la segunda, es dar acceso a mayor número de personas a la información que se va generando.

Museos de publicaciones

“Si sólo pensamos en la memoria, no es de mucha utilidad si no hay una democratización del conocimiento, del saber, de la literatura y de todo lo que viene. El depósito legal se limitaría a sólo recibir libros, sin poder consultarlos, sería una ley que se quedaría coja. Una biblioteca que tiene libros sin mostrarlos se convierte en museo.

“Hay gente que no puede comprarlos, por ello las bibliotecas públicas son un sitio que no cuesta ni un centavo, dónde se pueden revisar los libros que quieran y que tengamos, entre más sean, mucho mejor.”

Como ejemplo, el director señaló que el título más consultado de la Biblioteca Vasconcelos es Álgebra de Baldor, una obra “muy cara. Si no se tuviera en la biblioteca, un estudiante no podría cursar las materias de preparatoria o universidad con éxito, porque no tendría el material suficiente.

“Hago mucho hincapié en los libros físicos, porque desde hace 30 años se dice que van a desaparecer y siguen, se venden y compran; es el medio más usado para leer. Esta determinación tendría que haber sido enfocada exclusivamente a los libros digitales.

“Hemos tenido muchas reuniones con la Biblioteca Nacional de México, la Biblioteca del Congreso, con el nuevo director de la Dirección General de Bibliotecas, Rodrigo Borja; con la Cámara Nacional de la Industria Mexicana, la Liga de Editoriales Independientes, entre otros, de allí pudimos recoger que hay una inquietud con el asunto de los materiales digitales.

“La propuesta que consideramos fue dar acceso abierto a los libros físicos y almacenar los electrónicos hasta encontrar una vía para evitar la piratería. No se puede garantizar que ningún sistema de protección cibernética sea completamente infalible. El modelo que estamos pensando es crear una sala del depósito legal, donde se pueda revisar los ejemplares digitales en tablets (sin acceso a Internet).

“Realmente, los piratas no van a la biblioteca a robar un libro, lo consiguen en librerías y lo clonan para venderlo; aquí no hay mucha discusión. Otro argumento de la nueva ley, es que se perjudicaba a las editoriales independientes; sin embargo, ellas son las que más entregan el depósito legal, tienen una mayor intención en difundir sus obras.

“El mercado tiene sus reglas; competir contra las grandes editoriales es muy complicado. La biblioteca se puede volver un terreno mucho más neutro, se organizan espacios para empezar a hablar de un libro y, si no tiene suficiente dinero, puede ir a consultarlo y, si le gusta, ahorrar y conseguirlo.

“Me agrada que este tema invite a hablar de las bibliotecas, estos espacios que siempre están ahí; esto ha servido para replantear su papel el día de hoy. La Biblioteca de México recibe hasta 3 mil 500 personas al día, van por libros, a conversar, a las actividades culturales, pero sobre todo a consultar libros”, concluyó el autor de Los imponderables.


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Colectivos y lectores afirman que atenta contra el derecho de acceso a la cultura


Periódico La Jornada
martes 05 de julio de 2022 , p. 4a

La decisión tomada hace unos días por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que las bibliotecas que reciben el llamado deposito legal por parte de las editoriales no podrán ofrecer las obras y producciones para consulta pública, sin previa autorización de los titulares de derechos de autor, generó controversia entre autores, bibliotecarios y lectores “porque atenta contra el derecho de acceso al conocimiento y la cultura”.

Tras el fallo de la SCJN, organizaciones como Creative Commons México, R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, Wikimedia México, comun.al, Laboratorio de Resiliencia Digital, así como los bibliotecarios Alejandra Quiroz Hernández y Marcial Alejandro García Pérez, entre otros, expresaron a través de un comunicado que el Congreso debe legislar para que las bibliotecas no requieran autorización de los titulares de derechos de autor para ofrecer obras en consulta pública.

Los firmantes señalan que “a pesar de que la Segunda Sala de la SCJN determinó la constitucionalidad del depósito legal, lamentablemente no ponderó el derecho de acceso a la cultura y validó que los titulares de derechos de autor deben autorizar previamente la consulta pública de las obras en resguardo, lo que amenaza sustancialmente la labor de las bibliotecas y el derecho de acceso al conocimiento de la población, y puede fomentar el incremento del hostigamiento legal de los grandes titulares de derechos de autor en contra de las bibliotecas”.

Concede privilegios

Los firmantes explican que la SCJN interpretó que editores y productores pueden establecer medidas tecnológicas de protección (candados digitales) en las obras entregadas a las bibliotecas depositarias, con lo que se obstaculiza gravemente la labor de éstas para preservar y poner a disposición el acervo.

“Esta situación se agrava por que las reformas de 2020 a la Ley Federal del Derecho de Autor hacen ilegal la elusión de medidas tecnológicas de protección, aun cuando se trate de actividades legales o de interés público, como las tareas de preservación que hacen las bibliotecas.”

Lamentaron que la SCJN no haya garantizado el derecho de acceso a la cultura con su decisión, dejando inoperante de facto la LGB y la figura del depósito legal al no contemplar que la divulgación de las obras por las bibliotecas obedece al interés público y no debe depender de la autorización de los titulares de derechos, como ocurre en Estados Unidos, Australia, Canadá y Polonia.

En el comunicado, los firmantes hicieron un llamado al Congreso “para que legisle, como en muchos países, para que las bibliotecas cuenten con excepciones que les permitan hacer su labor de interés público sin requerir autorización de los titulares. Estas reformas deben ensanchar las excepciones y limitaciones al derecho de autor y a la prohibición de la elusión de medidas tecnológicas de protección”.

Anteponen intereses mercatiles

Enfatizaron que la labor de las bibliotecas “no puede quedar supeditada a los intereses de la industria ni de los grandes titulares de derechos de autor. La protección legal de las bibliotecas es fundamental para el ejercicio del derecho de acceso a la cultura de todas y todos los mexicanos.”

Por otra parte, en su cuenta de Twitter, el escritor Luigi Amara comentó que “el ataque que viven hoy las bibliotecas públicas en México, en una supuesta defensa del derecho de autor (que sólo demuestra el afán de lucro obsceno de la industria editorial), es aberrante y atenta contra el derecho fundamental a la cultura.

“La urgencia de poner candados al depósito legal no proviene de los autores, sino de la industria. No es una defensa del derecho de autor, sino del copyright; es decir, del afán de lucro. Muchos editores no se dan cuenta de que hoy la circulación digital ¡es clave para vender!”, expresó.

En las redes sociales, usuarios coincidieron en señalar que las excepciones al derecho de autor para las bibliotecas públicas no afectan las ventas de la industria editorial, pero excluirlas sí impide que los ciudadanos tengan acceso al conocimiento.

Los internautas criticaron que las leyes las hacen “la gente que no lee. ¿Quieren que leer se convierta en delito?”

viernes, 1 de julio de 2022

Declaración opositora al modelo de publicación con pago de APCs

 Declaración: ARTICLE PROCESSING CHARGE (APC) POLICIES ON OPEN ACCESS (OA) PUBLISHING MODEL: THE IMPACT ON DEVELOPING COUNTRIES AND THE NEED FOR A MULTILATERAL SOLUTION

Enlace : https://drive.google.com/file/d/1U73-PrfQ4ygQSRpy7C2OUApnLVlFSr2-/view

"Las tarifas de procesamiento de artículos están profundizando las desigualdades entre los científicos de los países desarrollados y en desarrollo, en el intercambio de avances científicos. La comunidad internacional debe ejercer la gobernanza multilateral y la cooperación académica para garantizar que los modelos de publicación de acceso abierto promuevan la igualdad de oportunidades para los investigadores en todo el mundo"
Franco Cabrerizo - https://www.nature.com/articles/d41586-022-01414-7

jueves, 30 de junio de 2022

Scholar Metrics publica índice h5 y mediana-h5 2022 de revistas

Publicado en Scholar Metrics
https://scholar.googleblog.com/2022/06/2022-scholar-metrics-released.html






Se publican los indicadores de revistas Scholar Metrics 2022

martes, 28 de junio de 2022

Las métricas de Scholar Metrics proporcionan una manera fácil para los autores de medir rápidamente la visibilidad y la influencia de los artículos recientes en las publicaciones académicas. Hoy lanzamos la versión 2022 de Scholar Metrics (2022 version of Scholar Metrics). Esta versión cubre los artículos publicados en 2017-2021 e incluye las citas de todos los artículos indexados en Google Scholar a partir de junio de 2022.

Scholar Metrics incluye revistas de sitios web que siguen nuestras directrices de inclusión (inclusion guidelines) y conferencias seleccionadas en Ingeniería e Informática. No se incluyen las publicaciones con menos de 100 artículos en 2017-2021, ni las publicaciones que no recibieron citas durante estos años.

Puede buscar publicaciones en categorías específicas como Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Energía Sostenible (Food Science & TechnologySustainable Energy) o Salud Pública (Public Health), así como en áreas amplias como Negocios, Economía y Gestión (Business, Economics & Management) o Ciencias Químicas y de los Materiales (Chemical & Material Sciences). Verá las 20 mejores publicaciones ordenadas por su índice h y su mediana de cinco años. También puede consultar las 100 principales publicaciones en varios idiomas, por ejemplo, portugués y español (Portuguese and Spanish). Para cada publicación, puede ver los mejores artículos haciendo clic en el índice h5.

Scholar Metrics incluye un gran número de publicaciones además de las que aparecen en las páginas por categoría y por idioma. Puede encontrarlas escribiendo palabras del título en el cuadro de búsqueda, por ejemplo, [corazón], [agua], [saude] 
 [heart], [water], [saude].

Para más detalles, consulte la página de ayuda de Scholar Metrics (Scholar Metrics help page).

Publicado por: Anurag Acharya
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2022 Scholar Metrics Released
Tuesday, June 28, 2022

Scholar Metrics provide an easy way for authors to quickly gauge the visibility and influence of recent articles in scholarly publications. Today, we are releasing the 2022 version of Scholar Metrics. This release covers articles published in 2017–2021 and includes citations from all articles that were indexed in Google Scholar as of June 2022.

Scholar Metrics include journals from websites that follow our inclusion guidelines and selected conferences in Engineering & Computer Science. Publications with fewer than 100 articles in 2017-2021, or publications that received no citations over these years are not included.

You can browse publications in specific categories such as Food Science & TechnologySustainable Energy, or Public Health as well as broad areas like Business, Economics & Management or Chemical & Material Sciences. You will see the top 20 publications ordered by their five-year h-index and h-median metrics. You also can browse the top 100 publications in several languages - for example, Portuguese and Spanish. For each publication, you can view the top papers by clicking on the h5-index.

Scholar Metrics include a large number of publications beyond those listed on the per-category and per-language pages. You can find these by typing words from the title in the search box, e.g., [heart], [water], [saude].

For more details, see the Scholar Metrics help page.

Posted by: Anurag Acharya


miércoles, 29 de junio de 2022

EUROPA: Golpe de timón para cambiar la evaluación científica

Publicado en Blok de Bid
https://www.ub.edu/blokdebid/es/node/1214


Un golpe de timón para cambiar la evaluación científica

Ángel M. Delgado-Vázquez
Jefe de Servicio de Soporte al Aprendizaje y la Investigación
Biblioteca/CRAI
Universidad Pablo de Olavide
ORCID: 0000-0003-2461-8553
@amdelvaz

Towards a reform of the research assessment system: scoping report (2021). European Commission, Directorate-General for Research and Innovation. Luxembourg: Publications Office of the European Union. 21 p. Disponible en: <https://data.europa.eu/doi/10.2777/707440>. [Consulta: 29/06/2022].

Plega a Dios, Sancho, que así sea, porque del dicho al hecho hay gran trecho.

El pasado noviembre la Comisión Europea, a través de la Dirección General para la Investigación y la Innovación hizo público un documento que, bajo el sugerente título de Towards a reform of the research assessment system, pone sobre la mesa algunas de las cuestiones sobre las que se viene debatiendo en los últimos tiempos de manera intensa. La principal motivación de este es la necesidad de impulsar una aceleración de los cambios que en el sistema de evaluación científica se vienen produciendo, aunque todavía de manera tímida. El otro objetivo es el de contar con un marco común que pueda de algún modo homogeneizar el modo en que se evalúa a la ciencia, a la par que se abandonan algunas de las prácticas actuales y que vienen siendo objeto continuado de crítica por sus limitaciones y sesgos.

El documento, fruto de las consultas llevadas a cabo con distintos agentes (listado completo en el propio documento), durante 2021, parte de reconocer los cambios profundos que los modos de producción, diseminación y consumo de la investigación, debidos sobre todo a la digitalización y a la adopción de prácticas de ciencia abierta, no están encontrando ecos en la manera en la que el esfuerzo de instituciones, grupos, proyectos e investigadores está siendo medido y recompensado. Literalmente vuelve sobre un aserto que, habiéndose manifestado en numerosas ocasiones, no ha logrado evidenciarse en la suficiente medida en las organizaciones, agencias, instituciones e incluso en los propios individuos sobre los que recae la tarea de evaluar. Literalmente: These major evolutions are not aligned with the metrics that often dominate assessment: the number of publications and citations, and the quantity of publications in journals with high Journal Impact Factor (JIF). The race for publications – the so-called publish-or-perish culture – comes at the expense of quality, integrity, and trust in research. Also, using the JIF as a proxy for quality of research is shown to be inappropriate. Despite this, moving away from the use of JIF is non-trivial because it is easy to use and is engrained in academic culture, conferring prestige to authors and their institutions publishing in high JIF journals; whereas additional efforts may be required by alternatives such as more qualitative assessment methods.

Como puede observarse, se vuelve a poner el foco sobre la necesidad de abandonar la evaluación acumulativa y, con especial énfasis, en las métricas de revistas, las llamadas journal level metrics, con el Journal Impact Factor como principal actor. El documento toma como ejemplo la evaluación curricular individual, en la que la evaluación por pares es un elemento fundamental, y reconoce como necesario partir de la evaluación cualitativa que debe ser complementada, en la medida de lo necesario, del uso responsable de indicadores cuantitativos. Este tipo de evaluaciones debe incorporar, además, otro tipo de resultados, más allá de las publicaciones y reconocer la existencia de tipos de carreras académicas fuera del estándar.

Ahondando en la diversidad, el documento se refiere a tener muy en cuenta, ya no solo las diferentes actividades, productos y roles que contribuyen de manera efectiva al desarrollo de la investigación científica, sino también a las diferencias entre disciplinas, países, modos de hacer ciencia y objetos de evaluación. 

El documento aboga por servir de base para la construcción de un sistema de evaluación que se adapte tanto a estas diferencias como a las distintas necesidades de las instituciones, respetando su autonomía, y que, sin embargo, posibilite la interoperabilidad y facilite, entre otras, la movilidad. 

Tras hacer repaso de las distintas iniciativas y regulaciones puestas en marcha en el seno de la Unión Europea en los últimos años, se hace a continuación una propuesta de acción que consiste en lo básico, en una llamada a las organizaciones encargadas de la financiación, la creación y la evaluación de la investigación, a firmar un acuerdo y formar una alianza que abogue por la aceleración de la adopción de una serie de medidas que van en el camino, antes señalado, de implementar un sistema diferente de evaluación de las actividades y los agentes que hacen posible el avance de la ciencia.

Para ello se proponen una serie de medidas de acompañamiento, como son la dotación económica por parte de gobiernos y organizaciones de financiación de la investigación para poder hacer efectivos dichos cambios; campañas de concienciación y formación para investigadores e instituciones; la participación de alianzas de universidades como campo de pruebas; y el desarrollo de medidas políticas a distintos niveles para salvar las barreras legales.

El acuerdo estaría fundado sobre los principios generales de cumplir con las prácticas y reglas éticas y de integridad; salvaguardar la libertad de la investigación científica; respetar la autonomía de las organizaciones de investigación; y el aseguramiento de la independencia y transparencia de los datos, infraestructuras y criterios necesarios para la evaluación científica, especialmente la recolección de datos, los algoritmos y el cálculo de indicadores, asegurando su control y propiedad por parte de la comunidad investigadora.

En lo que atañe a los criterios y procesos de evaluación, se establecen como básicos los principios de enfocar la evaluación hacia la calidad de los resultados (más que la cantidad), poner el foco en la apertura de la investigación, incluyendo métodos y datos, que los hagan transparentes y reproducibles; llevar a cabo procesos de evaluación por pares donde lo cuantitativo se use solo de manera complementaria cuando sea necesaria, no por defecto; reconocer el impacto de la investigación más allá de la propia comunidad científica, tomando en consideración el impacto en la sociedad, en el ámbito económico o tecnológico, y teniendo presente que estos impactos pueden tardar más o menos en llegar, dependiendo de la disciplina.

En línea con lo anterior, se señala la necesidad de valorar positivamente la diversidad de actividades y prácticas científicas, así como los diferentes resultados que pueden producir y con especial interés sobre aquellas que sustentan la ciencia abierta. Igualmente, reconocer que los investigadores no pueden rendir del mismo modo en todas las parcelas de su actividad. Usar criterios de evaluación y procesos acordes con la variedad de disciplinas, tipos de investigación y momento de la carrera investigadora; valorar y reconocer los distintos papeles que se pueden jugar en la investigación, reconociendo el trabajo en equipo y la colaboración. 

Finalmente, asegurar la igualdad de género y oportunidades y hacer la ciencia más inclusiva, tanto entre quienes la hacen, como en sus resultados.

El documento propone una hoja de ruta para las entidades firmantes que pasa por alinear sus evaluaciones de la investigación a los principios anteriormente enunciados; promover una evaluación de alta calidad, evolutiva, autorreflexiva y usada de forma inteligente; reconocer y recompensar la evaluación por pares; destinar recursos suficientes para esta tarea; y, finalmente, compartir prácticas y experiencias, lecciones aprendidas de este cambio de enfoque de la evaluación.

Lejos de tratarse de uno de esos documentos oficiales que quedan arrinconados en el último cajón del escritorio, en el caso de este se ha seguido un camino que le ha llevado a ser presentado en febrero de 2022 en la Paris Open Science European Conference (OSEC). En este marco se inició un proceso de adhesión a una posible coalición de soporte, habiendo manifestado su interés, hasta mayo pasado, más de 300 organizaciones internacionales, y de países principalmente europeos. 

En España han firmado el documento organismos de primer orden en la evaluación científica nacional como la Agencia Estatal de Investigación o la ANECA, a las que acompañan el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE). No obstante, son pocas las universidades firmantes (no llegan a dos decenas) y el papel de las agencias y administraciones autonómicas, las sociedades científicas y los organismos privados de financiación es prácticamente testimonial, y a pesar de ello España es el segundo país con más firmantes. 

Es obvio que, aunque es probable que con este documento se dé un nuevo impulso al necesario cambio de modelo en la evaluación científica, también lo es que más de una organización firmante no muestre mayor interés en la propia firma que el de «salir en la foto».

Transformación de la investigación: el cambio en la era de la IA, lo abierto y el impacto

  Publicado en blog  Universo abierto https://universoabierto.org/2024/10/29/transformacion-de-la-investigacion-el-cambio-en-la-era-de-la-ia...