martes, 16 de junio de 2026

ALEMANIA: corte declara inconstitucional mandato de Acceso Abierto. Se enredan los derechos con las versiones finales de publicación

Publicado en The Scholarly Kitchen
https://scholarlykitchen.sspnet.org/2026/06/16/academic-freedom-for-the-win-open-access-mandate-in-germany-declared-unconstitutional/?informz=1&nbd=567d61ec-36ea-4197-85eb-43e2bd36d175&nbd_source=informz 





La libertad académica prevalece: el mandato de acceso abierto en Alemania es declarado inconstitucional

Por Roy Kaufman
16 de junio de 2026

El 24 de marzo de 2026, en respuesta a una demanda presentada por diecisiete académicos, un tribunal alemán dictaminó que el requisito obligatorio de depósito de manuscritos de artículos impuesto por el estado federado de Baden-Wurtemberg a los investigadores que trabajan o están afiliados a instituciones educativas dentro de ese estado era nulo desde su origen (void ab initio). Los demandantes habían alegado que dicho requisito vulneraba sus derechos, incluidos la libertad de expresión y la libertad académica.

Este caso surgió en el marco de la Ley Alemana de Derechos de Autor y está relacionado con el denominado “derecho de publicación secundaria” (Secondary Publication Right, SPR). El SPR, que actualmente está siendo examinado por la Comisión Europea, es en cierto modo una denominación engañosa. En esencia, establece que un autor de un artículo científico no puede ceder legalmente derechos exclusivos sobre su obra sin conservar el derecho a publicar también el artículo en línea, normalmente en la versión aceptada del manuscrito, algunos meses después de su publicación inicial.

El 24 de marzo de 2026, en respuesta a la demanda presentada por diecisiete académicos, un tribunal alemán resolvió que el requisito obligatorio de depósito de manuscritos impuesto por el estado de Baden-Wurtemberg a investigadores vinculados con instituciones educativas del estado era nulo desde su origen. Los demandantes sostenían que esta obligación infringía sus derechos fundamentales, incluidos la libertad de expresión y la libertad académica.

Este caso surgió a partir de la Ley Alemana de Derechos de Autor y está relacionado con el denominado “derecho de publicación secundaria” (Secondary Publication Right, SPR). El SPR, que actualmente está siendo considerado por la Comisión Europea, es en cierto modo una denominación engañosa. En esencia, el SPR establece que el autor de un artículo científico no puede ceder legalmente derechos exclusivos sobre dicho artículo sin conservar al mismo tiempo el derecho de publicarlo también en línea, normalmente en la versión aceptada del manuscrito y algunos meses después de su publicación inicial.

Por ejemplo, el artículo 38(4) de la Ley Federal Alemana de Derechos de Autor y Derechos Conexos (Urheberrechtsgesetz – UrhG) reconoce un SPR para los autores de trabajos académicos derivados de investigaciones financiadas al menos en un 50 % con fondos públicos y publicados en una recopilación (es decir, una revista científica) que aparezca al menos dos veces al año. En virtud de esta ley federal, los autores conservan el derecho de poner a disposición del público, con fines no comerciales, las versiones aceptadas de sus manuscritos 12 meses después de la publicación inicial, incluso si han otorgado derechos exclusivos a la editorial.

Aunque el SPR se presenta como un “derecho”, en realidad constituye una limitación de derechos. Según el derecho de autor, un autor tiene el derecho de publicar su obra, de conceder licencias no exclusivas sobre ella o de conceder licencias exclusivas para fines determinados (cabe señalar que la legislación alemana difiere de la estadounidense en que los autores nunca pueden desprenderse completamente de sus derechos de autor. En la práctica, una licencia exclusiva equivale a una transferencia de derechos según el derecho estadounidense). El SPR limita esta última facultad.

Si bien podría argumentarse que, dadas las características económicas de la publicación de revistas científicas —en las que los autores normalmente no reciben remuneración—, el SPR beneficia a los autores, vale la pena analizar la cuestión con más detenimiento. En primer lugar, imaginemos que, para cualquier otro tipo de contenido, el Estado restringiera la libertad contractual de tal manera que no fuera posible conceder derechos exclusivos con seguridad. En esas circunstancias sería difícil publicar un libro o producir una película.

Aunque muchas editoriales de revistas permiten algún tipo de archivo de los manuscritos aceptados, el SPR elimina la discrecionalidad de las partes y restringe la libertad de elección.

Como puede verse en el caso de Baden-Wurtemberg, lo que comienza como una medida de “protección de los autores” puede convertirse rápidamente en una obligación para ellos. Los demandantes no se opusieron a la aparentemente inocua “retención de derechos” hasta que esta se transformó en una supresión de derechos de facto (si no de jure). Muchas personas dentro de nuestro sector consideran que la imposición de una obligación de depósito constituye el objetivo final —aunque rara vez se declare explícitamente— de muchos defensores del derecho de publicación secundaria (SPR).

Como señaló el tribunal de Baden-Wurtemberg, una cosa es que el SPR impida a los autores ceder de manera exclusiva sus derechos a las editoriales y otra muy distinta que posteriormente se les obligue a ejercer esos derechos como condición para su empleo o afiliación institucional. Tal como se expresa en el comunicado de prensa en inglés del tribunal:

“El hecho de que los destinatarios de la disposición se limiten a personas vinculadas a la educación superior no altera el hecho de que las personas afectadas sean llamadas a ejercer sus derechos legales de publicación secundaria, que les pertenecen como autores de los correspondientes trabajos académicos”.

Cualesquiera que hayan sido sus intenciones, el SPR probablemente contribuirá principalmente al deterioro del registro científico. No conduce al lector a la versión autorizada y definitiva del trabajo publicado. Compite con la vía dorada del acceso abierto (gold open access) como un camino defectuoso hacia el acceso abierto. Genera riesgos de control de versiones y aumenta la probabilidad de que distintas versiones sean utilizadas indiscriminadamente por sistemas de inteligencia artificial.

La cuestión constitucional surgió porque en Alemania (al igual que en Estados Unidos) el derecho de autor es una materia federal y de rango constitucional, y los Länder (estados federados) no pueden aprobar leyes que entren en conflicto con la legislación federal. Desde el punto de vista jurídico, esta era una cuestión más sencilla de resolver que determinar si la propia legislación federal sobre derechos de autor podría exigir a los autores depositar versiones de sus trabajos en repositorios. Esto constituiría una imposición novedosa que limitaría derechos protegidos por el derecho de autor y requeriría un examen cuidadoso de la legislación nacional —incluidas las disposiciones relativas a la expropiación o privación de derechos (takings clauses)— así como de las obligaciones derivadas de tratados internacionales.

De este modo, el tribunal alemán también logró evitar otra cuestión compleja: cómo aplicar el SPR cuando existen múltiples autores y solo algunos de ellos están sujetos a la obligación de depósito.

Todo ello ayuda a explicar el interés de la Comisión Europea por el SPR. Sus defensores no promueven esta figura para otorgar a los autores un nuevo “derecho”; lo hacen para alimentar repositorios de depósito obligatorio. Si finalmente la Unión Europea concluye que el SPR cumple alguna función legítima y decide impulsar este concepto entre los Estados miembros, es casi seguro que veremos mucha más litigación sobre el tema.

Por ahora, la primera ronda la han ganado los académicos.


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Academic Freedom for the Win; Open Access Mandate in Germany Declared Unconstitutional


By Roy Kaufman


Jun 16, 2026


On March 24, 2026, in response to a lawsuit by seventeen academics, a German Court ruled that a mandatory article manuscript deposit requirement imposed by the German State of Baden-Württemberg on researchers working or affiliated with educational institutions within the state was void ab initio. The plaintiffs had alleged that the deposit requirement infringed their rights, including the rights to free expression and academic freedom.

This case arose out of the German Copyright Act and relates to the so-called right to “secondary publication right” or “SPR.” SPR, which is currently under consideration by the European Commission, is a bit of a misnomer. SPR essentially provides that an author of a scientific article cannot legally convey exclusive rights in an article without retaining a right to also post the article online, typically in the accepted manuscript form some months after initial publication.

On March 24, 2026, in response to a lawsuit by seventeen academics, a German Court ruled that a mandatory article manuscript deposit requirement imposed by the German State of Baden-Württemberg on researchers working or affiliated with educational institutions within the state was void ab initio. The plaintiffs had alleged that the deposit requirement infringed their rights, including the rights to free expression and academic freedom. 

This case arose out of the German Copyright Act and relates to the so-called right to “secondary publication right” or “SPR.” SPR, which is currently under consideration by the European Commission, is a bit of a misnomer. SPR essentially provides that an author of a scientific article cannot legally convey exclusive rights in an article without retaining a right to also post the article online, typically in the accepted manuscript form some months after initial publication.

For example, § 38(4) of the federal German Act on Copyright and Related Rights (Urheberrechtsgesetz – UrhG) provides an SPR for authors of academic papers resulting from research that is at least 50% publicly funded and published in a collection (i.e., a journal) appearing at least twice a year. Under this federal law, authors retain the right to make papers in accepted manuscript versions publicly available for non-commercial purposes 12 months after the initial publication, even if they have granted the publisher exclusive rights.

While SPR is styled as a “right,” it is actually a limitation on rights. Under copyright law, an author has the right to post her work, license her work non-exclusively, or license her work exclusively for defined purposes (note that German law differs from US law in that authors may never fully divest themselves of copyright. In practice, an exclusive license corresponds to a US law transfer of rights). SPR limits the last right. While one could argue that, given the economics of journal publishing (in which authors are typically not paid), SPR benefits the authors, it is worth analyzing this further. First, imagine that for any other content, the state limited your freedom to contract such that you could not safely grant exclusive rights. It would be hard to get a book published or film made under those circumstances. While many journal publishers allow some archiving of accepted manuscripts, SPR removes discretion and limits choice. 

As can be seen in the Baden-Württemberg case, what begins as “author protection” can quickly become an author obligation. The plaintiffs did not object to the seemingly benign “rights retention” until it morphed into de facto (if not de jure) “rights removal.” Many in our industry believe that the imposition of a deposit obligation is the ultimate if unstated goal of many SPR advocates.

As the Court in Baden-Württemberg noted, it is one thing for SPR to prevent authors from exclusively giving their rights to publishers and wholly another to then mandate the exercise of those rights as a condition of employment or affiliation. As set forth in the English-language press release of the Court: “That the addressees of the provision are limited to persons involved in higher education does not alter the fact that the affected persons are called on to exercise their legal rights to secondary publication which belong to them as authors of the relevant academic papers.” Whatever the intentions, SPR is mainly going to contribute to the degradation of the record of science. It does not deliver the reader to the authoritative version of record. It competes with gold road as a flawed path to OA. It creates version-control risks. And it increases the likelihood of indiscriminate use in AI systems.

The Constitutional issue arose from the fact that in Germany (as in the US), copyright is a federal, constitutional matter and Lander (states) are not allowed to pass laws in conflict. This was an easier question legally than sorting whether federal copyright law could, in itself, require authors to post versions in repositories. That would be a novel imposition in derogation of copyright and one which would require a careful review of national law — including takings clauses — and international treaty obligations. The German Court also thereby managed to sidestep the thorny issue of how to address the SPR where there are multiple authors, only some of whom are covered by the deposit obligation.

This leads to the European Commission’s fascination with SPR. Advocates are not pushing for SPR so that authors have a new “right;” they are doing it to feed mandated repositories. If the EU ultimately concludes that SPR serves some valid purpose and pushes this concept on EU member states, we will certainly see a lot more litigation. As of today, Round 1 goes to the academics.

Roy Kaufman

Roy Kaufman is Managing Director of both Business Development and Government Relations for the Copyright Clearance Center (CCC). Prior to CCC, Kaufman served as Legal Director, John Wiley and Sons, Inc. He is a member of, among other things, the Bar of the State of New York, the Author’s Guild, and the editorial board of UKSG Insights. Kaufman also advises the US Government on international trade matters through membership in International Trade Advisory Committee (ITAC) 13 – Intellectual Property and the Library of Congress’s Copyright Public Modernization Committee in addition to serving on the Board of the United States Intellectual Property Alliance (USIPA).


viernes, 12 de junio de 2026

Costo de publicar invisibiliza biodiversidad del Sur Global

Publicado en SciDevNet
https://www.scidev.net/america-latina/news/costo-de-publicar-invisibiliza-biodiversidad-del-sur-global/



26/02/26
Costo de publicar invisibiliza biodiversidad del Sur Global

De un vistazo
  • Argentina, Chile y Brasil han disminuido drásticamente publicaciones en biodiversidad y ecología
  • Altos costos de las publicaciones, drenan fondos públicos y fomentan “ciencia paracaídas”
  • Expertos proponen priorizar revistas científicas que no cobran por publicar ni leer




BUENOS AIRES, SciDev.Net] El conocimiento sobre biodiversidad generado en el Sur Global pierde terreno en las revistas científicas de mayor impacto debido a las barreras económicas impuestas por las grandes firmas editoriales que exigen un pago por publicar.

Un estudio publicado en la revista Oikos revela que países como Argentina, Brasil y Chile, junto con India y Sudáfrica, redujeron drásticamente su presencia en publicaciones de ciencias agrícolas, biológicas y ambientales que aplican este modelo.

Ello conlleva un sesgo que, de continuar, podría “consolidar desigualdades sistémicas y debilitar la calidad y la diversidad de la evidencia científica”, señalan los autores.

“Una proporción muy importante de la biodiversidad mundial está en los países del Sur Global. Si quienes la estudian no pueden publicar en las revistas más difundidas, toda la comunidad científica y de gestión del mundo pierde esa información”, explica a SciDev.Net Sandra Díaz, del Instituto Multidisciplinario de Biología Vegetal de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), Argentina, una de las autoras del estudio.

Los Cargos por Procesamiento de Artículos (APC, por sus siglas en inglés) son tarifas que las revistas científicas cobran a los autores para publicar sus trabajos y que queden disponibles gratuitamente para los lectores.

Dichos cargos oscilan entre US$ 2,000 y 10,000. El análisis estima que desde que las revistas adoptaron el Acceso Abierto basado en APC y abandonaron el modelo de suscripción [el público pagaba por leer], la participación de científicos del Sur Global en estas publicaciones cayó 45 por ciento.

“Con lo que pide una revista puedes financiar tres meses de trabajo de un becario doctoral o mantener un laboratorio. Es una lógica perversa pretender que los recursos públicos destinados a investigación se usen para que una empresa comercial cobre por el producto final de la ciencia”.Mercedes Bustamante, investigadora de la Universidad de Brasilia y miembro de la Academia de Ciencias de Brasil

“Para un científico en Argentina es imposible pagar esos montos; en algunos casos, los subsidios de investigación ni siquiera alcanzarían a cubrir una sola publicación”, señala a SciDev.Net Pablo Huais, del Instituto de Diversidad y Ecología Animal de la UNC y autor principal del estudio.

También en Brasil estos costos representan altos porcentajes en los subsidios para investigación, que mayoritariamente son otorgados por fondos públicos y suelen restringir el uso del dinero para el pago de publicaciones.

“Con lo que pide una revista puedes financiar tres meses de trabajo de un becario doctoral o mantener un laboratorio. Es una lógica perversa pretender que los recursos públicos destinados a investigación se usen para que una empresa comercial cobre por el producto final de la ciencia”, dice a SciDev.Net Mercedes Bustamante, de la Universidad de Brasilia.

El modelo de Acceso Abierto nació hace dos décadas para democratizar el saber, pero en el camino fue capturado por intereses comerciales, explica a SciDev.Net la física Ana María Cetto, investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y referente en el movimiento de ciencia abierta en la región.

Aunque instituciones grandes, como la UNAM, mantienen acuerdos para eximir estos pagos en miles de títulos, Cetto advierte que el problema persiste: “Incluso si el investigador no lo paga de su bolsillo, lo paga la universidad. Se está drenando el presupuesto institucional hacia editoriales comerciales”, afirma.

Esta exclusión financiera no solo afecta la carrera de los científicos, sino que distorsiona el conocimiento global.

Ek Del Val de Gortari, investigadora del Instituto de Investigaciones en Ecosistemas y Sustentabilidad de la UNAM, quien trabaja con interacciones ecológicas en cultivos de maíz, advierte que información agrícola crucial suele quedar relegada a revistas locales de baja difusión.

“Sin una difusión adecuada (de las publicaciones) se pierde la posibilidad de aportar a la ciencia global desde el conocimiento local”, comenta a SciDev.Net.

Sandra Díaz concluye que esta brecha favorece la llamada “ciencia paracaídas”, desarrollada por el Norte Global, con preguntas que no responden a las prioridades regionales ni ayudan a generar políticas públicas sólidas en los países donde se encuentra la biodiversidad.

Consultada sobre esta brecha, la editorial Wiley —una de las tres grandes firmas sobre publicaciones científicas junto a Elsevier y Springer Nature— señaló mediante correo electrónico, que posee acuerdos con más de 15 organizaciones del Sur Global para apoyar tanto la lectura como la publicación.

Afirma que en 2025 lanzaron la iniciativa piloto de Paridad de Poder adquisitivo en los Precios de Acceso Abierto [ajuste de APC] para investigadores de América Latina, la cual permite a autores de 33 países publicar en casi 600 revistas de acceso abierto con costos muy reducidos.

“Recientemente, ampliamos el programa hasta mediados de 2026 y estamos monitoreando de cerca su impacto en las publicaciones de la región”, informa.

Sin embargo, expertos como Cetto advierten que estos acuerdos suelen ser insuficientes, pues no cubren a todos los países que requieren descuentos.

El estudio de Huais también subraya esta limitación, al señalar que como se trata de convenios con entidades específicas, quienes no pertenecen a esas instituciones quedan excluidos de los beneficios y deben pagar el costo total.

Por eso, el trabajo propone que las entidades de ciencia y tecnología fomenten el uso de repositorios y revistas no comerciales. Los autores plantean que la solución no es solo financiera, sino un cambio en la cultura de la evaluación científica, que reconozca el valor de las publicaciones regionales.

Proponen como alternativa el modelo Diamante, una forma de publicar en la que no paga ni el autor ni el lector. Estas revistas son apoyadas por universidades, instituciones públicas o asociaciones científicas, no tiene fin comercial y los costos asociados se cubren colectivamente. Algunos casos son Scielo o Redalyc.

“Es una cuestión de decisión política de parte de las administraciones que este tipo de cambio suceda”, sostiene Huais.

Cetto coincide: “Debemos invertir en nuestras propias revistas y plataformas, que no cobran por publicar ni por leer, y asegurar que sean reconocidas plenamente por los sistemas de evaluación de los investigadores en nuestros países”, concluye.

Consultadas por SciDev.Net, Elsevier y Springer Nature no brindaron sus comentarios hasta el cierre de esta información.

Este artículo fue producido por la edición de América Latina y el Caribe de SciDev.Net




ALEMANIA: corte declara inconstitucional mandato de Acceso Abierto. Se enredan los derechos con las versiones finales de publicación

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