Libertad académica: Carta abierta al presidente de la República de Cuba
Alexander Hall Lujardo
30/11/2025
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La Habana, Cuba, 28 de noviembre de 2025
Carta abierta al presidente de la República de Cuba y primer secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba Miguel Mario Díaz-Canel Bermúdez:
Presidente del Tribunal Supremo Popular Rubén Remigio Ferro:
Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular Esteban Lazo Hernández:
Desde mi condición de ciudadano cubano, en uso de las garantías constitucionales y políticas recogidas en la carta magna de la República de Cuba, me dirijo a las autoridades anteriormente enunciadas, ante la gravedad en materia de vulneración de derechos, patrón de persecución política e impunidad en el actuar arbitrario del Departamento de la Seguridad del Estado (DSE) adscrito al Ministerio del Interior, debido a la permanencia de procedimientos al margen de la legalidad que resultan violatorios de derechos humanos, civiles y políticos.
Soy Licenciado en Historia por la Universidad de La Habana desde el año 2022; sin embargo, desde antes de graduarme, suelo publicar en medios de prensa alternativos, revistas académicas y blogs digitales de diverso espectro ideológico sobre la realidad nacional, regional y global, acorde a mis valores políticos, formación educacional e instrucción científico-disciplinaria en el campo de las ciencias sociales y humanísticas.
He realizado tales actividades en correspondencia con el artículo 54 de la Constitución de la República de Cuba, el cual expresa que: «El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión». Además, el artículo 55 del documento rector de la nación, proclama que: «Se reconoce a las personas la libertad de prensa», para agregar más adelante que «este derecho se ejerce de conformidad con la ley y los fines de la sociedad», a cuyas normativas me he acogido en el uso de mis garantías constitucionales.
No obstante, desde mi etapa de estudiante universitario padezco el proceder discrecional, arbitrario y coercitivo de las autoridades policiales, debido al sostenimiento de posturas de izquierda críticas en tales ámbitos de socialización del pensamiento, afiliado a posicionamientos republicanos, socialista democráticos y nacionales. En consonancia con dicho imaginario, sostuve y aún mantengo en la praxis de mi cotidianidad, un corpus heterodoxo de ideales progresistas, cuyo contenido es preciso verter en espacios alternativos más allá de las fronteras institucionales, debido a la ausencia de pluralismo político e insuficiente apertura en los medios de comunicación estatales.
La firmeza de esas convicciones fungieron como inspiración para el lanzamiento del libro Cuba 11J. Perspectivas contra-hegemónicas de las protestas sociales, publicado por la editorial española Marx21, en cuyo proceso de coordinación estuve inmerso. Este trabajo que agrupó a una treintena de autoras/es, dedicados al análisis de las históricas jornadas como parte de la crisis estructural que padece la Isla, cobró un valor meritorio en disímiles sectores académicos e intelectuales, al enriquecer el debate científico sobre la crisis democrática, económica y política que enfrenta el modelo e ideal socialista en Cuba.
La respuesta de las instancias policiales ante dicha labor se manifestó en la criminalización del pensamiento, la persecución del disenso y la judicialización del periodismo no partidista, lo cual contraviene las garantías constitucionales, los valores democráticos y los derechos humanos. Si bien no pueden resultar ajenos a todo análisis politológico honesto las complejidades del escenario geopolítico mundial, marcado por las asimetrías que definen el orden de relaciones internacionales en el que Cuba se encuentra inmerso; asumo de manera convincente que la defensa de la soberanía nacional no puede realizarse en menoscabo de los derechos civiles, las libertades humanas y las garantías democráticas, menos aún en franco desconocimiento de la soberanía popular. Esa alternativa lejos de promover soluciones viables al sostenimiento de la independencia, contribuye a la ruptura del pacto social, al quebrantamiento del Estado de Derecho y a la ausencia realmente funcional de mecanismos de participación ciudadanas en la fiscalización de las instancias de gobierno, tal como establecen los mandamientos republicanos.
Debido al mantenimiento de mis posturas políticas y negativas de ceder a las imposiciones extorsivas de la oficialidad, en medio de un pretendido proceso penal caracterizado por la opacidad jurídica y la discrecionalidad de los agentes involucrados, actualmente enfrento el arbitrario dispositivo de regulación/control impuesto por los órganos de la Seguridad del Estado, que impiden mi viaje al exterior para la realización de estudios de posgrado como parte de mi superación profesional en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), específicamente ante su sede en Quito, Ecuador.
Esta decisión autoritaria al margen de la legalidad, contraviene los compromisos jurídicos internacionales del Estado cubano como garante del derecho a la educación de sus ciudadanos, plasmado en su legislación interna en los artículos 46 y 73 de la Constitución de la República de Cuba. La ley suprema es enfática además en su artículo 94, inciso e), al plantear que «toda persona, como garantía a su seguridad jurídica, disfruta de un debido proceso tanto en el ámbito judicial como en el administrativo y en consecuencia, no puede ser privada de sus derechos sino por resolución fundada de autoridad competente o sentencia firme del tribunal». Ante la ausencia de las formalidades requeridas en la implementación de tales procedimientos, es posible afirmar de manera inequívoca, que los derechos constitucionales concernientes a mi condición de ciudadano cubano (jurídicamente libre), resultan gravemente violentados por funcionarios revestidos de poder estatal.
En el artículo 94 de la Constitución de la República de Cuba, correspondiente a su inciso f), se consagra «el derecho que le asiste a toda persona de interponer los recursos o procedimientos pertinentes contra las resoluciones judiciales o administrativas que correspondan». Por ende, la presente reclamación se encuentra amparada en el artículo 98 de la carta magna, cuyo acápite proclama que «toda persona que sufriere daño o perjuicio causado indebidamente por directivos, funcionarios y empleados del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de sus cargos, tiene derecho a reclamar y obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley».
El artículo 99 del documento constitucional reafirma igualmente la autoridad que le asiste a todo ciudadano de reclamar «ante los tribunales la restitución de los derechos y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización». De igual modo, vale señalar que el procedimiento arbitrario perpetrado por los funcionarios del Ministerio del Interior, vulnera la libre movilidad de las personas, refrendado en el artículo 12.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el cual reconoce que todo sujeto tiene derecho «a salir libremente de cualquier país, incluso del propio»; recogido además en el artículo 13.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Hago un llamado a la justicia que debe caracterizar el funcionamiento de la institucionalidad, debido al estado de indefensión civil en que me encuentro, junto a decenas de escritores, activistas y colaboradores de medios no oficiales, negados al silencio ante la dramática situación humanitaria que enfrenta la Isla, sin que se avizoren soluciones eficaces desde la administración pública.
La condena ante cualquier escenario de autoritarismo político y colonialismo interno, no implica estar alineado a las posiciones de fuerza imperiales que amenazan la soberanía de los pueblos del Sur, condenan nuestros territorios al subdesarrollo e imponen su voluntad mediante el uso coercitivo y unilateral de la fuerza. Significa estar junto a quienes sufren los efectos abominables de la relegación social, los abusos de poder y la condición privativa de sus derechos humanos.
La justicia y el respeto a las garantías jurídicas deben prevalecer como ideales de emancipación en todo proyecto social histórico que se reivindique revolucionario. De lo contrario, transita por senderos insalvables de disrupción social, que pueden comprometer incluso la propia condición autonómica, soberana e independiente de la nación.
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