viernes, 8 de noviembre de 2024

[LIBRO] MÉXICO: Balance de las políticas de educación superior 4T (2018-2024)

Publicado en blog CAMPUS. Suplemento educativo
https://suplementocampus.com/balance-del-sexenio/




Casillas, M., & López, R. (Coords.). (2024). Balance de las políticas de educación superior en la Cuarta Transformación (2018-2024). Editorial Transdigital. https://doi.org/10.56162/transdigitalb30

Balance del Sexenio

7 noviembre, 2024
 por Carlos Pallán

Un nuevo volumen publicado por la Universidad Veracruzana analiza la distancia entre los propósitos y los logros en materia de educación superior


Con el propósito de realizar “una reflexión colectiva para tratar de hacer un balance de lo ocurrido en la educación superior”, los doctores Miguel Casillas y Romualdo López convocaron a un grupo de reconocidos especialistas para abordar diferentes aspectos de las políticas de ese tipo educativo. Cada uno de los 17 autores que aceptaron participar produjeron un artículo o ensayo en temas de “su interés académico”. Producto de todo ello es el libro: Balance de las políticas de educación superior en la Cuarta Transformación 2018-2024 (270 pp.), publicado por la editora Transdigital y la Universidad Veracruzana.

Casillas y López, en su calidad de coordinadores de la obra, se echaron a cuestas una tarea de romanos: resumir, analizar y evaluar esos 17 capítulos que contienen los trabajos y los días de la política del pasado sexenio en la educación superior del país. Para ello, solicitaron a los autores que, en el tratamiento de los temas, se apegaran a tres preguntas generales: a) principales elementos para un balance; b) cómo se puede definir la política seguida en la materia; c) consecuencias de esas políticas y principales retos para los próximos años. Las siguientes líneas pretenden mostrar el contenido principal de dicha obra a partir de lo consignado por sus coordinadores en la introducción general y en el epílogo.

Como allí se destaca, entre los autores prevaleció una base común de conocimientos en torno a hechos presentes en el sexenio, así como respecto a los </>principios y objetivos de la política educativa. Por lo que toca a lo primero, se incluyeron los siguientes: la reforma al Artículo Tercero Constitucional, la promulgación y vigencia de la Ley General de Educación Superior (LGES), El Programa Nacional de Educación Superior, la estructura y funcionamiento del antiguo y nuevo Conhacyt, las nuevas reglas para el Sistema Nacional de Investigadores.

Por lo que corresponde a los principios y objetivos, se consideraron cinco elementos en torno a la educación superior y sus principales tareas: a) como un derecho para el estudiantado y una obligación del Estado de proporcionarla; b) la característica de ser incluyente; c) una ciencia que contribuya a resolver los grandes problemas nacionales; d) un sistema de evaluación y acreditación de instituciones, programas, personal académico y estudiantes; e) un sistema de información confiable, oportuno y accesible.

Con base en todo ello y como resumen, Casillas y López indican que los articulistas “describen, analizan y puntualizan la enorme distancia entre los propósitos y los logros; entre lo deseado y lo alcanzado”. No obstante que el sexenio significó “una ruptura con los 30 años de un conjunto de políticas públicas neoliberales”, se afirma que se quedó lejos de “cumplir medianamente” con las expectativas puestas desde el inicio de aquél. A este respecto, se identifican los tres factores más visibles que deslavan o esfuman dichas expectativas: a) vuelta al centralismo en estructura y toma de decisiones; b) notoria ausencia de políticas públicas: c) incumplimiento de los poderes ejecutivo y legislativo al no asignar los fondos para sufragar la obligatoriedad del Estado, así como el Fondo Especial para ese propósito.

En el libro se reconoce el efecto devastador que tuvo la pandemia en todo el Sistema Educativo Nacional. Al igual que en otros tipos y niveles de aquél, en el superior (y en el trienio transcurrido desde entonces) no se logró “recuperar el crecimiento tendencial de los años anteriores”. Esto se manifiesta, principalmente, en cinco aspectos: a) la meta de 50% de cobertura resultó inalcanzable; b) la brecha entre entidades federativas no se redujo; c) la atención a los grupos vulnerables fue insuficiente; d) no se implantó un plan para la renovación generacional de la planta académica; e) tampoco se elaboró un programa para la atención al profesorado de tiempo parcial de las instituciones públicas.

Como se recoge en el epílogo, varios de los articulistas criticaron severamente la revisión o desaparición de programas que tenían ya varios sexenios aplicándose y que se consideraban positivos. Tal fue el caso del sistema de evaluación y acreditación, los fondos especiales para la educación superior o el programa de posgrado.

Un balance final del sexenio sería el siguiente: a) ausencia de políticas públicas; b) decisiones fundadas en la creencia de que es posible prescindir de la racionalidad y el conocimiento externo; c) “suponer que la justeza de los objetivos es suficiente para alcanzarlos, aún cuando no se destinen los recursos públicos necesarios”; d) la descalificación a varias de las universidades autónomas; e) falta de información e indicadores que sirvieran para conocer los efectos producidos por las acciones instrumentadas.

Comentarios
Crítica Principal: De gran coincidencia entre los autores, esta se ubica en la ausencia del cumplimiento del compromiso constitucional sobre la obligatoriedad del Estado para sostener la educación superior, así como la gratuidad como contrapartida para el estudiantado del país. Dicha crítica se relaciona con lo que, en su momento, fue considerada una innovación a escala mundial, particularmente, cuando en varios países se ha dado un reversión de la medida (p. e. Reino Unido y España).

El dinero: Buena parte de las fallas u omisiones habidas en la política educativa reconocen, en el fondo, un financiamiento público deficiente. Tal es el caso de los vacíos producidos por la pandemia, la disminución o desaparición de programas (en los fondos especiales), o el conjunto de tareas inscritas en la LGES como nuevos quehaceres de la educación superior. Algunos datos de financiamiento contenidos en el capítulo de Romualdo López serían ilustrativos (“la descalificación desde el poder de las universidades autónomas. La destrucción de un paradigma y la incertidumbre de un reemplazo”): a) los tres fondos especiales (calidad, cobertura y programas estructurales) tuvieron una asignación en su conjunto, en 2009, de 16 mil millones de pesos, bajaron a 11 mil en 2019, y en 2022 estaban situados en ¡770 millones!; b) el costo por alumno, y con base en presupuesto federal, fue de 77 mil en 2012, para quedar en 58 mil pesos en 2022 (precios constantes de 2022).

Avance: En el texto se dice que “se reconocen ciertos avances…”. Sin embargo, estos no aparecen en las páginas aquí comentadas. O bien se trata de una omisión, o, se reconoce que no hay avances significativos. A pesar de todo, pueden identificarse algunos logros significativos: a) la reforma al Artículo Tercero Constitucional, la parte correspondiente a educación superior; b) la expedición de la Ley General de Educación Superior, una larga petición presentada por la Anuies que se extendía a medio siglo y que, habiendo pasado por una decena de proyectos en todo ese tiempo, acabó por aprobarse de manera unánime en el Senado. Un reconocimiento a la justeza de sus planteamientos; c) la buena operación del Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior (Conaces), estructura principal colocada en la LGES, misma que tuvo avances significativos no obstante las limitaciones en materia de financiamiento.

Recambio Académico: Muy atinadamente se coloca este tema como una necesidad urgente. Esto, como aquí se apunta, desde ahora pasa por la necesidad de hacer atractiva la jubilación de un personal académico de carrera situado en una media de más de 60 años y a quien difícilmente resulta conveniente el cambio del sistema de pensiones del ISSSTE, instrumentado en el penúltimo año del gobierno del presidente Peña. El diferencial entre una pensión, cotizada en salarios mínimos (como estuvo vigente hasta 2017), y el instrumentado a partir de entonces, en Unidades de Medida (Umas), ha provocado una diferencia abismal, arriba de un 100%.

Automomía y Presidenta: Varios de los autores consideran que las instituciones autónomas, federales y estatales, fueron maltratadas presupuestalmente durante el sexenio. El origen y la trayectoria académica de la presidenta de la República, según se consigna en el libro, hace concebir la expectativa de un nuevo tratamiento para todo ese sector.

Noticia Final: Lo último pero no lo menos importante. la publicación de Casillas y López se contiene en un libro electrónico. Como tal, la descarga es gratuita en la siguiente dirección: https://www.editorial-transdigital.org/libros/balance-de-las-politicas-de-educacion-superior-en-la-cuarta-transformacion-2018-2024/


miércoles, 6 de noviembre de 2024

Confusión sobre derechos de autor: Desmitificación de las licencias Creative Commons para la investigación financiada por la industria

Publicado en The Map Newsletter
https://www.ismpp-newsletter.com/2024/04/16/copyright-confusion-demystifying-creative-commons-licenses-for-industry-funded-research/ 





Confusión sobre derechos de autor: Desmitificación de las licencias Creative Commons para la investigación financiada por la industria


Apr 16, 2024 | Noticias y Tendencias


¿Qué son las licencias Creative Commons?


¿Ha publicado alguna vez un artículo de acceso abierto? Si es así, es posible que esté familiarizado con las licencias Creative Commons (CC).1 Esta serie de licencias de derechos de autor fue diseñada como una alternativa a los modelos estándar de derechos de autor, permitiendo a los autores conservar los derechos de autor de su trabajo al tiempo que se establecen las condiciones para la reutilización de la obra.2


Las licencias CC permiten a los autores saber exactamente cómo se puede reutilizar su contenido (por ejemplo, si se puede adaptar para un uso futuro, si se puede utilizar con fines comerciales).


¿Cómo funcionan las licencias CC en el contexto de las publicaciones de investigación científica?


En los modelos tradicionales de publicación, los derechos de autor se ceden a la revista. Cualquiera que desee reutilizar el contenido, incluidas figuras y tablas, debe solicitar permiso al editor y, por lo general, pagar una tasa.


Las empresas farmacéuticas suelen reutilizar los contenidos que publican para múltiples fines, como solicitudes de información médica, material educativo, presentaciones en congresos y actividades promocionales. Si el contenido que reutilizan se rige por el modelo tradicional de derechos de autor, la reutilización frecuente puede acarrear costes sustanciales a largo plazo derivados de las tasas de los editores, además de provocar retrasos. 


En la publicación de acceso abierto, el editor de una revista puede ofrecer a los autores la posibilidad de publicar contenidos bajo una de varias licencias CC, pagando una tasa por el procesamiento del artículo. Al seleccionar una licencia CC, es fundamental tener en cuenta el uso previsto de los materiales en cuestión, así como las necesidades y prioridades de su organización.


La selección de una licencia CC suele ser permanente, y elegir una licencia que no sea óptima puede tener implicaciones a largo plazo tanto para el control del contenido como para su reutilización. Una licencia que permita la reutilización sin restricciones puede reducir tanto la carga administrativa de solicitar permisos de copyright como el coste de la reutilización de contenidos. Por ejemplo, elegir una licencia sin restricciones permite a cualquiera adaptar o modificar el contenido con fines comerciales y no comerciales. Sin embargo, los editores pueden solicitar una tarifa más elevada por las licencias CC menos restrictivas para compensar la pérdida de ingresos por las solicitudes de reutilización de contenidos.


Existen seis tipos principales de licencias CC, cuatro de las cuales (CC BY, CC BY-ND, CC BY-NC y CC BY-NC-ND) son las más frecuentes entre los autores de artículos de investigación.3 En la figura 1 se detallan estas licencias y se ofrece orientación sobre cómo seleccionar la mejor licencia para su caso de uso.


Figura 1: Selección de una licencia CC4


Copyright Confusion 1.jpg



BY, Atribución (es decir, debe darse crédito al creador); CC, Creative Commons; N, no; NC, NoComercial; ND, NoDerivado; SA, CompartirIgual; S, sí.


¿Qué licencias CC suelen estar disponibles? 


En realidad, la mayoría de los editores sólo ofrecen uno o dos tipos de licencia CC para las publicaciones de acceso abierto. De las 50 principales revistas médicas según Scimago Journal Rank (SJR) (Figura 2a), poco más de la mitad ofrecen al menos un tipo de licencia CC, independientemente de la organización financiadora. De ellas, más de la mitad restringen actualmente su oferta de licencias a la investigación financiada por la industria.


A pesar de estas restricciones, más de dos tercios de las investigaciones financiadas por las 40 principales empresas farmacéuticas se publicaron mediante acceso abierto verde u oro en 20225 (Figura 2b), y el 28% de las investigaciones de empresas farmacéuticas publicadas en acceso abierto entre 2019 y 2020 tenían una licencia CC BY.6


Figura 2a: Ofertas de licencias CC en las 50 principales revistas médicas por SJR

CREATIVE COMMONS 2.png

Se realizó una búsqueda manual de la información del autor para cada una de las 50 principales revistas médicas según SJR para identificar las ofertas actuales de acceso abierto y licencias CC.


BY, Reconocimiento (es decir, debe darse crédito al creador); CC, Creative Commons; NC, No comercial; ND, No derivada; SA, Compartir igual; SJR, Scimago Journal Rank.


Figura 2b: Índices de publicación en acceso abierto5 y selección de licencias CC6 entre las principales empresas farmacéuticas  

CREATIVE COMMONS 3.png

BY, Reconocimiento (es decir, debe darse crédito al creador); CC, Creative Commons; NC, No Comercial; ND, No Derivada; OA, acceso abierto.


Muchos financiadores de la investigación no industrial tienen mandatos de acceso abierto que detallan las condiciones en las que debe publicarse su investigación. Algunos mandatos indican una preferencia de licencia (por ejemplo, CC Atribución [BY]). En Europa, estos mandatos suelen figurar en Sherpa Juliet,7 una base de datos de políticas de financiación en la que se pueden realizar búsquedas, y son ampliamente respetados por la mayoría de las editoriales.


Varias empresas farmacéuticas también tienen mandatos de acceso abierto, algunos de los cuales incluyen la preferencia de publicar bajo una licencia CC BY siempre que sea posible. Las respuestas de las editoriales a estos compromisos de acceso abierto han sido variables. Algunos editores ofrecen las mismas licencias a todos los autores, independientemente de la fuente de financiación, mientras que otros permiten que la investigación financiada o dirigida por la industria sólo se publique bajo licencias CC BY-NC (no comercial) o CC BY-NC-ND (no derivada), independientemente de si los financiadores tienen un mandato de acceso abierto.8 Otros editores, sin embargo, pueden ofrecer la opción de publicar bajo una licencia CC BY si alguno de los autores está afiliado a una organización académica que tiene un mandato de acceso abierto, incluso si la investigación ha sido financiada o parcialmente financiada por una compañía farmacéutica. 


A diferencia de las licencias CC BY, las licencias CC BY-NC y CC BY-NC-ND no permiten la reutilización y/o adaptación comercial de contenidos sin permiso y suelen exigir el pago de una tasa por cada uso. Por lo tanto, es fundamental tener en cuenta la selección de la licencia CC y sus implicaciones a la hora de elegir una revista para evitar decepciones u obstáculos inesperados. También es fundamental instruir a los autores sobre el significado de las distintas licencias disponibles y evitar la pérdida involuntaria de derechos de autor.


¿Cómo funciona en la práctica la selección de licencias CC?


La selección de licencias CC puede ser un proceso complejo, en parte debido a las dificultades para interpretar las condiciones de las licencias, que son intencionadamente vagas para abarcar una amplia gama de casos de uso (por ejemplo, música, imágenes, vídeos). En la figura 3 se detalla un caso real de selección de licencias CC en el contexto de una investigación financiada por la industria.


Figura 3: Estudio de caso: selección de licencias CC  


CREATIVE COMMONS 4.png

BY, Reconocimiento (es decir, debe darse crédito al creador); CC, Creative Commons; NC, No comercial; ND, No derivado.



Agradecimientos


Los autores agradecen a Sam Cavana, de Taylor & Francis, la revisión de un borrador de este artículo y sus útiles sugerencias.


Velissaria Vanna, Oxford PharmaGenesis, colaboró en la edición.

Este trabajo ha contado con el apoyo de Open Pharma. Open Pharma es un proyecto de colaboración multi-patrocinador en y facilitado por Oxford PharmaGenesis. En el momento de realizar este trabajo, Open Pharma recibía financiación de patrocinio de Alfasigma S.p.A., Astellas Pharma Inc., AstraZeneca Pharmaceuticals LP, Boehringer Ingelheim International GmbH, Bristol Myers Squibb, F. Hoffmann-La Roche AG, Galápagos NV, Gilead Sciences, Inc, GlaxoSmithKline Biologicals SA, Ipsen Biopharm Ltd, Janssen Scientific Affairs, LLC, a Johnson & Johnson Company, Novartis Pharma AG, Novo Nordisk A/S, Pfizer Inc, Takeda Development Center Americas, Inc, Taylor & Francis (parte de Informa PLC) y UCB Biopharma SRL.





**********************


Copyright Confusion: Demystifying Creative Commons Licenses for Industry-Funded Research

Apr 16, 2024 | News and Trends

What are Creative Commons licenses?

Have you ever published a journal article open access? If so, you might be familiar with Creative Commons (CC) licenses.1 This series of copyright licenses was designed as an alternative to standard copyright models, allowing authors to retain copyright of their work while setting the conditions for the reuse of the work.2


CC licenses allow authors to understand exactly how their content can be reused (e.g. whether it can be adapted for future use, whether it can be used for commercial purposes). 

How do CC licenses work in the context of scientific research publications?

Under traditional publishing models, copyright is signed over to the journal. Anyone who wishes to reuse the content, including figures and tables, must request permission from the publisher and usually pay a fee.


Pharmaceutical companies regularly reuse their published content for multiple purposes, including medical information requests, educational materials, conference presentations, and promotional activities. If the content they are reusing falls under the traditional copyright model, frequent reuse can incur substantial long-term costs from publisher fees and may also cause delays.


In open access publishing, a journal publisher may offer authors the ability to publish content under one of several CC licenses, paid for by an article processing charge. When selecting a CC license, it is critical to consider the intended use of the materials in question, as well as the needs and priorities of your organization.


CC license selection is generally permanent, and choosing a suboptimal license can have long-term implications both for content control and reuse. A license that permits unrestricted reuse can reduce both the administrative burden of requesting copyright permissions and the cost of content reuse. As an example, choosing an unrestricted license allows anyone to adapt or modify the content for commercial and non-commercial purposes. However, publishers may request a higher fee for less restrictive CC licenses to offset loss of income from content reuse requests. 


There are six main CC license types, four of which (CC BY, CC BY-ND, CC BY-NC, and CC BY-NC-ND) are frequently encountered by authors of research articles.3 Figure 1 details these licenses and provides guidance on how to select the best license for your use case.

Figure 1: Selecting a CC license4



BY, Attribution (i.e., credit must be given to the creator); CC, Creative Commons; N, no; NC, NonCommercial; ND, NonDerivative; SA, ShareAlike; Y, yes.

What CC licenses are typically available?   

In reality, most publishers only offer one or two CC license types for open access publications. Of the top 50 medical journals by Scimago Journal Rank (SJR) (Figure 2a), just over half offer at least one type of CC license, regardless of funder organization. Of those, more than half currently restrict their license offerings for industry-funded research.


Despite these restrictions, over two-thirds of research funded by the top 40 pharmaceutical companies was published via green or gold open access in 20225 (Figure 2b), and 28% of pharmaceutical company research published open access between 2019 and 2020 had a CC BY license.6


Figure 2a: CC license offerings in the top 50 medical journals by SJR  



A manual search of author information was performed for each of the top 50 medical journals by SJR to identify current open access and CC license offerings.

BY, Attribution (i.e., credit must be given to the creator); CC, Creative Commons; NC, NonCommercial; ND, NonDerivative; SA, share alike; SJR, Scimago Journal Rank.


Figure 2b: Open access publishing rates5 and CC license selection6 among the top pharmaceutical companies  

  


BY, Attribution (i.e., credit must be given to the creator); CC, Creative Commons; NC, NonCommercial; ND, NonDerivative; OA, open access. 


Many non-industry research funders have open access mandates that detail the conditions in which their research must be published. Some mandates indicate a license preference (e.g. CC Attribution [BY]). In Europe, these mandates are typically listed on Sherpa Juliet,7 a searchable database of funder policies, and are broadly respected by most publishers.


Several pharmaceutical companies also have open access mandates, some of which include a preference to publish under a CC BY license wherever possible. Publisher responses to these open access commitments have been variable. Some publishers offer the same licenses to all authors regardless of funding source, whereas others allow industry-funded or industry-led research to only be published under CC BY-NC (NonCommercial) or CC BY-NC-ND (NonDerivative) licenses, regardless of whether the funders have an open access mandate.8 Other publishers, however, might offer the option to publish under a CC BY license if any of the authors is affiliated with an academic organization that has an open access mandate, even if the research has been funded or partially funded by a pharmaceutical company.


Unlike CC BY licenses, CC BY-NC and CC BY-NC-ND licenses do not allow commercial content reuse and/or adaptation without permission and usually require payment of a fee for each use. It is therefore critical to consider CC license selection and its implications when choosing a target journal to avoid any unexpected disappointment or obstacles. It is also critical to educate authors as to the meaning of the various available licenses and avoid the unintended loss of copyright.

How does CC license selection work in practice?

CC license selection can be a complex process, in part owing to challenges interpreting license conditions, which are intentionally vague to cover a wide range of use cases (e.g. music, images, videos). Figure 3 details a real-life case study of CC license selection in the context of industry-funded research.


Figure 3: Case study – CC license selection  



BY, Attribution (i.e., credit must be given to the creator); CC, Creative Commons; NC, NonCommercial; ND, NonDerivative.

Acknowledgements

The authors thank Sam Cavana, Taylor & Francis, for reviewing a draft of this article and making helpful suggestions.


Editing support was provided by Velissaria Vanna, Oxford PharmaGenesis.

This work was supported by Open Pharma. Open Pharma is a multi-sponsor collaborative project at and facilitated by Oxford PharmaGenesis. At the time of this work, Open Pharma received sponsorship funding from Alfasigma S.p.A., Astellas Pharma Inc., AstraZeneca Pharmaceuticals LP, Boehringer Ingelheim International GmbH, Bristol Myers Squibb, F. Hoffmann-La Roche AG, Galápagos NV, Gilead Sciences, Inc., GlaxoSmithKline Biologicals SA, Ipsen Biopharm Ltd, Janssen Scientific Affairs, LLC, a Johnson & Johnson Company, Novartis Pharma AG, Novo Nordisk A/S, Pfizer Inc., Takeda Development Center Americas, Inc., Taylor & Francis (part of Informa PLC) and UCB Biopharma SRL.

References
  1. Creative Commons. Available from: https://creativecommons.org/share-your-work/ (Accessed 12 February 2024).

  2. Shuman J. Copyright and open access in the life sciences: a researcher’s guide to sharing and publishing scientific information. Emerg Top Life Sci 2018;2:779–84.

  3. ISMPP. 2019. A multistakeholder discussion on open access and medical publishing. Available from: https://www.ismpp.org/assets/docs/Inititives/White_Papers/ISMPP_OA​_White_Paper.pdf  (Accessed 15 March 2024).

  4. Open Pharma. 2023. Open access objection handler. Available from: https://www.openpharma.blog/wp-content/uploads/2023/11/Open-access-objection-handler_01Nov23.pdf (Accessed 12 February 2024).

  5. Philippon V, Liew A, Baróniková S, et al. [poster]. Benchmarking open access in publications with authors affiliated to pharma companies and universities. Presented at the 19th Annual Meeting of ISMPP, 24–26 April 2023, Washington, DC, USA.

  6. Bevan E, Koder T, Philippon V, et al. [poster]. Open access and copyright license status of pharmaceutical company-supported articles. Presented at the 9th International Congress on Peer Review and Scientific Publication, 8–10 September 2022, Chicago, IL, USA.

  7. Sherpa Juliet. Available from: https://v2.sherpa.ac.uk/juliet/about.html (Accessed 12 February 2024).

  8. Ellison TS, Koder T, Schmidt L et al. Open access policies of leading medical journals: a cross-sectional study. BMJ Open 2019;9:e028655. doi: 10.1136/bmjopen-2018-028655.

[LIBRO] MÉXICO: Balance de las políticas de educación superior 4T (2018-2024)

Publicado en blog  CAMPUS. Suplemento educativo https://suplementocampus.com/balance-del-sexenio/ Casillas, M., & López, R. (Coords.). ...