lunes, 24 de octubre de 2022

Tendencias de las tarifas por publicar en acceso abierto (APC) 2011-2021

Publicado en blog Universo abierto
https://universoabierto.org/2022/10/24/tendencias-de-las-tarifas-de-procesamiento-de-articulos-apc-de-acceso-abierto-desde-2011-hasta-2021/?fbclid=IwAR3RJL8vPF9AXA2zOkWH0ZxXG6K9uvuw6POi__tKslNuK4Mh_8_VWq6uyWQ



Tendencias de las tarifas de procesamiento de artículos (APC) de acceso abierto desde 2011 hasta 2021

Morrison, Heather, Luan Borges, Xuan Zhao, Tanoh Laurent Kakou, y Amit Nataraj Shanbhoug. «Change and Growth in Open Access Journal Publishing and Charging Trends 2011–2021». Journal of the Association for Information Science and Technology n/a, n.o n/a. Accedido 24 de octubre de 2022. https://doi.org/10.1002/asi.24717.

Average APC Impact Factor.png

Este estudio examina las tendencias de las tarifas de procesamiento de artículos (APC) de acceso abierto desde 2011 hasta 2021, basándose en un estudio de 2011 de Solomon y Björk. Se emplean dos métodos, una réplica modificada y una actualización del estado de las revistas de 2011. Los datos se extraen de múltiples fuentes y los conjuntos de datos están disponibles como datos abiertos.

La mayoría de las revistas no cobran APCs; esto no ha cambiado. El promedio global de APC por revista aumentó ligeramente, de 906 a 958 USD, mientras que el promedio por artículo aumentó de 904 a 1.626 USD, lo que indica que los autores eligen publicar en revistas más caras.

El tamaño de la editorial, el tipo, las métricas de impacto y el tema afectan a las tendencias de cobro, al APC medio y a las tendencias de precios. La mitad de las revistas de la muestra de 2011 ya no aparecerán en DOAJ en 2021, debido a que han dejado de publicarse o a que la editorial ha dejado de hacerlo.

Las conclusiones incluyen una advertencia sobre el potencial del modelo de APC para aumentar los costes más allá de la inflación. El sector universitario puede ser el enfoque más prometedor para las revistas de OA económicamente sostenibles. Las universidades publican muchas revistas de OA, casi la mitad de los artículos de OA, tienden a no cobrar APCs y cuando se cobran APCs, los precios son muy bajos en promedio.


MÉXICO: El entuerto salarial universitario. Partes I y II

Publicado en La Jornada



El entuerto salarial universitario

Periódico La Jornada
domingo 13 de febrero de 2022 , p. 12

El sistema universitario mexicano se caracteriza por ser desigual en cuanto a recursos, prebendas, condiciones laborales y salariales. En realidad, sería casi imposible establecer condiciones parejas, pero se podría aspirar a que no fueran tan desiguales.

La disparidad no sólo se da entre las universidades públicas y privadas, también entre las publicas nacionales, citadinas o estatales, y dentro de las mismas.

En muchas universidades, además del escalafón tradicional por categorías, los profesores pueden acceder a uno, dos, tres e incluso cuatro ingresos. Aunque en realidad, sólo uno es propiamente el salario y los otros son becas, estímulos u otros.

El salario universitario ha perdido notablemente su valor real, al igual que el salario mínimo neoliberal de los últimos 30 años y los aumentos nunca han superado 4 por ciento anual. Por eso se otorgan complementos salariales, para conjurar de alguna manera una explosión social y para fragmentar al profesorado universitario, que está más preocupado en acceder a recursos complementarios, que a organizarse. Rara vez hay una huelga de un sindicato universitario para demandar una mejora salarial.

El salario nominal es tan bajo que una de las prestaciones, la de la antigüedad de 2 por ciento de incremento anual, puede significar, con el tiempo, un incremento salarial de 30, 50, 70 por ciento, o más, del salario que ganaría un recién ingresado.

El segundo ingreso al que puede acceder un buen número de profesores es el de estímulos a la docencia que otorga la SEP. Se trata de un sistema parecido al Sistema Nacional de Investigadores (SIN), para fomentar la calidad en la docencia, la formación continua, mejoras en los planes de estudios, participación en academias, tutorías, etcétera. En algunos casos el sistema de estímulos funciona bien, en otros regular y en muchos otros es una verdadera angustia, tortura burocrática y dilema existencial. Los sistemas de puntaje varían de acuerdo con cada universidad y los periodos pueden ser anuales, bianuales o trianuales, lo que marca una gran diferencia. Este ingreso, es gravado con impuestos, pero no se considera como salario a la hora de la jubilación, una triquiñuela más de la Secretaría de Hacienda que afecta a los universitarios.

El tercer ingreso, al que pueden acceder los profesores que cuenten con doctorado y que se dediquen a la investigación, es concursar al SNI. La beca, puede significar un ingreso adicional de 30, 80 o 100 por ciento del salario neto, lo cual depende del nivel alcanzado. Ciertamente es un gran apoyo, para este sector del profesorado, pero mantenerse y subir de nivel implica un trabajo y un estrés considerable. En este caso, se trata de una beca y no se aplican impuestos, por lo que tampoco se considera como parte del salario a la hora de la jubilación.

Los investigadores que están en el SNI también pueden acceder a los estímulos de la SEP y lo que para algunos profesores significa un segundo ingreso, para éstos es el tercero. Otros profesores, los llamados técnicos académicos, que también pueden ser docentes y los profesores de asignatura, no pueden acceder a los estímulos y se quedan con su magro salario, sin ninguna compensación.

Es posible que algunos profesores puedan percibir otro ingreso, que se sitúa en territorio fronterizo. Algunos de ellos, de tiempo completo, pueden acceder a contratos parciales, medios tiempos e incluso tiempos completos, en otras instituciones públicas o privadas. Una sobrexplotación derivada, obviamente, de los pésimos salarios y el sistema de estímulos.

Finalmente, en algunas universidades y centros de investigación, se puede obtener a otros ingresos por concepto de proyectos, investigaciones, asesorías o consultorías, que se consideran como recursos externos y existen varias fórmulas para acceder a ellos. Estos recursos tienen un overhead (comisión por gastos institucionales) que puede oscilar entre 30 y 40 por ciento y que queda en la institución, lo que resta permite contratar a personal y pagar a los investigadores. Para lograr que esto funcione, y remunerar el trabajo realizado se hicieron fideicomisos y fundaciones. Pero ya se suprimieron muchos fideicomisos y por tanto la posibilidad de contar con recursos externos y overhead está cancelada. Por el contrario, todas las grandes universidades del mundo incentivan la búsqueda de recursos externos.

El entuerto del sistema salarial universitario promueve la búsqueda de ingresos adicionales por dentro y por fuera del sistema. Es una carrera de resistencia, hay que competir por cambiar de categoría, por mayor nivel de estímulos, por ingreso y permanencia en el SNI y por acceso a recursos externos. Cada trámite o convocatoria implica mucho trabajo burocrático, tiempo perdido, estrés, esperanzas y desengaños.

Los profesores de asignatura forman la base del sistema de trabajo precario universitario y tienen que esperar años o décadas para poder acceder a una plaza y, los que la tienen no pueden jubilarse, porque pierden todos los recursos “adicionales”, pero que en realidad serían equiparables a un salario normal.

Un verdadero entuerto, que significa literalmente: “perjuicio o daño que se causa injustamente a una persona”, a toda la comunidad universitaria.

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El entuerto salarial universitario II

Jorge Durand

Hace unos meses, en febrero de este año, en un artículo en La Jornada, que lleva el mismo título, llamaba la atención sobre lo precario, azaroso y desigual del salario universitario. No sólo hay grandes diferencias entre las universidades públicas y privadas, sino también entre las de la capital, los estados y los centros públicos de investigación.

En aquella ocasión señalaba que el salario universitario puede tener cuatro componentes, el salario propiamente dicho, los estímulos, el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y el acceso a recursos externos, que operaba anteriormente bajo la modalidad de fideicomisos o simplemente un trabajo o actividad adicional.

Los fideicomisos pasaron a la historia y con ello la posibilidad de remunerar de manera adicional a los investigadores que participaban en una consultoría o investigación encomendada por parte del gobierno o instituciones privadas, lo que permitía conseguir recursos externos adicionales a la institución, por medio del over head. Se decía que era una fórmula de ganar-ganar, porque la perinola repartía para todos. Así trabajan muchísimas universidades del extranjero y se quedan 30, 40 y hasta 50 por ciento del presupuesto de una investigación.

Las universidades públicas son y deben ser gratuitas, pero los recursos no alcanzan para muchos gastos adicionales, no presupuestados o etiquetados. Y el acceso a capitales externos o la presentación de servicios permiten solventar muchas de estas carencias. Obviamente, esos ingresos deben ser reglamentados, transparentados y auditados.

Inicialmente el Sistema Nacional de Investigadores se creó para mejorar los salarios de los universitarios que se dedicaban a la investigación, para evitar la fuga de cerebros y transformar la planta docente, que en su mayoría estaba compuesta por licenciados. Al requerirse primero maestría y luego doctorado para acceder al SNI, muchos docentes, en todo el país, comenzaron a estudiar posgrados. Y en 20 años cambió notablemente la planta docente de las universidades públicas y también las privadas.

El SNI tenía otro objetivo: impedir a las cúpulas y autoridades universitarias que accedieran a esos recursos o se inmiscuyeran en los procesos de evaluación. Las universidades suelen tener salarios fijos, por categorías, negociados con los sindicatos y es prácticamente imposible hacer distinciones o mejorar el salario a algunos, lo que sí pueden hacer las privadas. El SNI permitió remunerar a profesores de alta calidad que de este modo pudieron resistir las ofertas de universidades privadas o extranjeras.

Ahora bien, para muchos investigadores, la beca del SNI es una parte importante y vital de su ingreso, que no de su salario. Un profesor investigador de la Universidad de Guadalajara, con categoría de asociado B, gana 15 mil pesos al mes y de ahí hay que descontarle impuestos, y si ingresa al SNI nivel I recibe una beca de 20 mil pesos, sin impuestos. Un titular C, la máxima categoría, gana 31 mil pesos mensuales, de los que hay que descontar impuestos y, como SNI nivel III, recibe 44 mil pesos sin gravamen. Para acceder, mantenerse y subir de categoría en el SNI se requiere de mucho trabajo, constancia, soportar estrés y tener suerte.

Pero ahora se presentan nubarrones en el Conacyt, sobre la posibilidad de que no todos los que ingresen o se renueven puedan obtener la beca, por eso se está requiriendo a los evaluadores hacer listas de prelación, lo que además de complicado y subjetivo puede resultar injusto. La beca del SNI es un parche, pero si se elimina habría que duplicarles el sueldo a todos los investigadores de alto nivel.

Por su parte, la SEP tampoco quiso entregar recursos a las universidades para aumentar salarios y decidió proponer un sistema de estímulos a la productividad, con categorías de acuerdo con credenciales académicas, publicaciones, clases, tutorías y todo un sistema de puntaje muy complicado. No es un sistema unificado, cada universidad tiene el suyo. Unos se renuevan anualmente, lo que es una pesadilla, otros cada dos o tres años y así por el estilo.

También han empezado a aparecer nubarrones en el sistema de estímulos. En la Universidad de Guadalajara redujeron el monto entre 20 y 25 por ciento, aproximadamente, sin decir agua va; en el Colegio de Jalisco simplemente les avisaron que no había presupuesto y que posiblemente se cancele. Los estímulos no son una beca, se descuentan impuestos y no es salario, porque no cuentan para la jubilación o el retiro. Pero son vitales para los universitarios.

Juguetear y economizar con los fideicomisos, el SNI y los estímulos podría ser una bomba de tiempo, pero resulta que los sindicatos se lavan las manos, no es tema del contrato colectivo de trabajo.

Los universitarios peleamos, luchamos y nos desvelamos por obtener recursos externos, becas y estímulos, pero hacemos muy poco por incrementar nuestros salarios. La planta académica está dividida, envejecida y con el salario base resulta casi imposible jubilarse.

Hemos caído en la trampa, no sólo de aceptar, sino de desvelarnos por las migajas.


La nueva revisión por pares de la revista científica eLife

Publicado en LA CIENCIA DE LA MULA FRANCIS. EL BLOG DE FRANCISCO R. VILLATORO



Randy Schekman, Premio Nobel de Medicina en 2013, fue el fundador y el primer editor principal de la revista científica eLife, de acceso abierto (open access) y sin ánimo de lucro (not-for-profit). Schekman arremetió en 2013 contra las «revistas de lujo», como Nature, Science y Cell, entre otras razones por su baja tasa de aceptación de artículos. Sorprende porque entonces eLife aceptaba solo el 15 % de los manuscritos que recibía (en 2021 fue el 16 %). Schekman dejó el cargo en 2019 y le sustituyó Michael Eisen, que quiere marcar un nuevo rumbo para eLife tras la pandemia. A partir de enero de 2023 la revisión por pares no servirá para decidir si se acepta o se rechaza la publicación de un artículo en eLife; todos los artículos que superen la revisión editorial y sean enviados a revisión por pares (en 2021 fue el 30 % de los recibidos) serán publicados en la revista; además, la revisión por pares será pública y abierta a toda la comunidad científica. Para hacer más atractivo el nuevo modelo de publicación rápida, se reduce el coste por publicar un artículo de los 3000 dólares actuales a solo 2000 dólares (te recuerdo que quienes se declaran insolventes no pagan nada). Si la jugada de Eisen sale bien, eLife en 2023 duplicará su número de artículos publicados, sin perder índice de impacto y reputación.

Tengo amigos, investigadores en biología y biomedicina, que están encantados con el nuevo modelo de publicación de eLife. En su entusiasmo creen que será un punto de inflexión en la historia de las publicaciones científicas; son tan optimistas que creen que será todo un éxito y que muchas otras revistas se apuntarán al carro liderado por Eisen. Lo siento mucho, pero yo soy muy pesimista al respecto. En mi opinión, el índice de impacto de eLife caerá y en un par de años dejará de ser una revista Q1 (lo ha sido desde que entró en el JCR en 2013); muchos de mis amigos dejarán de enviar artículos a esta revista, pues una revista Q2 ya no es tan atractiva para la ANECA y la CENAI; y su índice de impacto seguirá cayendo (hasta que Eisen asuma su error, dimita y sea sustituido por un nuevo editor que retorne al redil). Aumentar mucho el número de artículos publicados siempre conlleva una reducción del índice de impacto; ya pasó con PLoS ONE, también de acceso abierto y sin ánimo de lucro. Obviamente, me gustaría estar equivocado y que Eisen pase a la historia como el editor de una revista Q1 que revolucionó la revisión por pares.

La noticia del cambio de política editorial de eLife se anunció en el editorial de Michael Eisen, «Scientific Publishing: Peer review without gatekeeping. eLife is changing its editorial process to emphasize public reviews and assessments of preprints by eliminating accept/reject decisions after peer review,» eLife (20 Oct 2022), doi: https://doi.org/10.7554/eLife.83889; y en «eLife’s New Model: Changing the way you share your research,» Inside eLife, 20 Oct 2022. Tengo la impresión de que la nueva política editorial es resultado de un estudio sobre la revisión por pares en eLife que se publicó durante el año 2019; si te interesa lo puedes disfrutar en «Peer Review: First results from a trial at eLife,» Inside eLife, 07 Jan 2019; «Peer Review: Further results from a trial at eLife», Inside eLife, 15 Jul 2019; y «Peer Review: Final results from a trial at eLife,» Inside eLife, 23 Oct 2019. Si te interesa la información financiera de eLife puedes disfrutar de los informes «Annual Report: 2021 in review,» Inside eLife, 18 Aug 2022 [Report PDF], y «Annual Report: 2020 in review,» Inside eLife, 16 Sep 2021. Y, por cierto, sobre el boicot de Schekman te recomiendo leer en este blog «Un premio Nobel decide boicotear a las revistas top (Nature, Science y Cell)», LCMF, 11 dic 2013; «Premio Nobel boicotea a Nature y Science», LCMF, 15 dic 2013.

Por cierto, los científicos interesados una descripción resumida pero completa de la nueva política editorial de eLife disfrutarán con «eLife’s peer review process», eLife, 20 Oct 2022.

En realidad, la nueva política editorial de eLife no supone un cambio tan grande como parece. Desde 2021 la revista eLife solo acepta manuscritos que estén publicados como preprints en bioRxiv o en medRxiv; este modelo tipo «publish, then review» (publica y luego revisa) se anunció en el Editorial de Eisen, «Peer Review: Implementing a «publish, then review» model of publishing,» eLife, 01 Dec 2020, doi: https://doi.org/10.7554/eLife.64910. Todos los artículos recibidos en eLife son sometidos a una revisión editorial (editorial review) realizada por los científicos del comité editorial de la revista; si el artículo supera dicha revisión editorial pasa a una revisión por pares (peer review) convencional, tras la cual se decide si el artículo es aceptado para publicación (con ciertos cambios) o es rechazado. Como ya te he indicado, en el año 2021 el 30 % de los artículos superaron la revisión editorial y fueron enviados a revisión por pares para decidir si serían o no publicados.

El nuevo modelo consiste en publicar el artículo en la revista, si supera la revisión editorial, pero marcado como «Reviewed Preprint» (manuscrito en proceso de revisión); el artículo será enviado a revisión por pares, con informes públicos. Una vez finalice dicha revisión por pares, los autores deberán modificar el artículo incorporando los comentarios de los revisores. Cuando los autores estén satisfechos con la versión revisada de su artículo solicitarán al editor que sea marcada en la revista como «Version of Record» (versión definitiva); entonces dicho artículo será enviado a los agregadores de artículos (PubMed, ISI Web of Science, etc.). La gran diferencia es que no se pedirá a los científicos encargados de la revisión por pares que decidan si el artículo debe ser aceptado para publicación, con o sin cambios, o rechazado; no se les preguntará porque el artículo ya estará publicado en la revista al haber sido aceptado en la revisión editorial.

Para los científicos el nuevo modelo es atractivo porque supone acelerar la publicación del artículo en la revista. Para la editorial de eLife el mayor atractivo es que cobrará 2000 dólares por todos los artículos que superen la revisión editorial (ahora cobra 3000 dólares por los artículos aceptados para publicación). Como ahora mismo no cobra nada por casi la mitad de los artículos aceptados en la revisión editorial, que son rechazados en la revisión por pares, todo apunta a que podría duplicar el número de artículos publicados y casi duplicar sus beneficios. Según Eisen, en el sistema actual se pierde un enorme esfuerzo editorial sin compensación (económica), ni reconocimiento (público); con el nuevo sistema habrá una compensación económica (para la revista, no creo que paguen a los editores) y, quizás también, un reconocimiento público a los miembros del comité editorial (cuyo nombre marcará todos los artículos que acepten). Además, al ser la revisión por pares pública, también habrá un reconocimiento para los investigadores que ocupen parte de su tiempo revisando artículos para eLife (aunque no puedan influir en que se publiquen o no).

Quizás te preguntes, qué beneficios tiene una editorial sin ánimo de lucro, que está obligada a gastar todos sus beneficios. La editorial eLife Sciences Publications publica sus cuentas financieras anuales; en ellas los gastos y los beneficios deben estar equiparados, salvo un pequeño porcentaje que se transfiere de un año a otro. Gracias a ello sabemos que en 2021 la revista eLife tuvo unos beneficios de unos 6.8 millones de libras (unos 7.8 millones de euros), de los que 3.5 millones han sido cargos por publicar (APC, article processing charges) pagados por los propios autores de los artículos científicos y 3.3 millones han sido contribuciones de varias fundaciones que financian esta editorial (Howard Hughes Medical Institute, Knut and Alice Wallenberg Foundation, Max Planck Society y Wellcome). Con la nueva política editorial se incrementará el número de artículos publicados y los beneficios a costa de los autores; no sé qué pasará con las fundaciones que financian a eLife, pues quizás rebajen su contribución (que ya subió de 2020 a 2021).

Como puedes ver en esta tabla resumen, los gastos de la editorial son muy próximos a sus beneficios (como debe ser). En 2021 se gastaron 2.5 millones de libras en salarios (obviamente, los directivos cobrarán mucho más que el sueldo medio de los empleados). Los costes editoriales fueron 1.4 millones de libras. La manera habitual en la que las editoriales sin ánimo de lucro gastan sus beneficios es incrementando los sueldos de los altos cargos y abriendo nuevas sedes internacionales (auguro que, si tiene éxito la nueva iniciativa, la sede de eLife en Londres será la primera de una serie de sedes en lugares como New York o Tokio); la apertura de nuevas sedes implica gastos materiales y el contrato de personal administrativo adicional.

En resumen, soy pesimista al respecto de la nueva iniciativa del editor de eLife. Todo esto me recuerda a cuando Schekman pretendió boicotear a Nature, Science y Cell no publicando en estas revistas y echando pestes de sus políticas editoriales; no me consta que nadie siguiera su estela, que pudiendo publicar en dichas revistas dejara de hacerlo. Me temo que lo mismo va a pasar con la iniciativa de Michael Eisen, ninguna editorial va a considerar que su decisión es acertada y la potencial revolución de las publicaciones científicas que algunos asocian a la boutade del editor de eLife nunca va a ocurrir. Lo siento, pero auguro que el editor de eLife ha cometido un grave error y acabará teniendo que rectificar dentro de unos tres años. Espero estar equivocado. Os mantendré informados los próximos años.

La entrada La nueva revisión por pares de la revista científica eLife fue escrita en La Ciencia de la Mula Francis.

viernes, 21 de octubre de 2022

La difícil coexistencia entre los derechos de propiedad intelectual y la ciencia abierta

Publicado en Blok de Bid
https://www.ub.edu/blokdebid/es/node/1228


La difícil coexistencia entre los derechos de propiedad intelectual y la ciencia abierta

Asunción Esteve Pardo 
Profesora agregada
Facultat d'Informació i Mitjans Audiovisuals
Universitat de Barcelona (UB)

Cueva, Javier de la; Méndez, Eva (2022). Open science and intellectual property rights: how can they better interact?: state of art and reflections: report of study. [Luxembourg]: Publications Office of the European Union. 139 p. Disponible en: <https://ec.europa.eu/info/publications/open-science-and-intellectual-property-rights_lt>. [Consulta: 05/10/2022].

Este informe, presentado en abril de 2022 a la Dirección General para la Investigación e Innovación de la Comisión Europea, es un estudio sobre el valor de los derechos exclusivos de propiedad intelectual sobre los resultados de la investigación (las patentes, el copyright, las marcas y los secretos industriales) y su efecto sobre el desarrollo de la ciencia abierta. Sus autores son Javier de la Cueva, abogado especializado en propiedad intelectual y Eva Méndez, profesora del Departamento de Biblioteconomía y Documentación de la Universidad Carlos III y, actualmente, vicerrectora adjunta de Política Científica de esta universidad en el ámbito de la ciencia abierta.

El objetivo del informe es aportar recomendaciones para garantizar la coexistencia entre el reconocimiento de estos derechos de propiedad intelectual y el acceso a la ciencia abierta, dentro del marco establecido por la legislación. La idea que subyace en el informe es que la ciencia debe ser «as open as possible, as closed as necessary» y tiene como finalidad aportar medidas concretas para hacer posible que la ciencia sea lo suficientemente abierta sin impedir que tenga ciertos límites legítimos. 

Los autores tienen una reconocida trayectoria profesional que avala un sólido conocimiento de la importancia de este tema. No obstante, desde el punto de vista legal, se advierte una aproximación a los derechos de propiedad intelectual un tanto sesgada que responde al posicionamiento crítico de un sector de la doctrina española e internacional. Las fuentes bibliográficas que emplean los autores son, principalmente, publicaciones sobre los temas que abordan, así como informes y declaraciones institucionales de la Comisión Europea, la UNESCO y otras instancias relacionadas con la ciencia y la difusión del conocimiento, relacionadas con la protección de los derechos de propiedad intelectual y el impulso a la ciencia abierta. 

El informe cuenta con una completa introducción, que presenta sus objetivos y adelanta sus resultados, y se estructura en seis secciones. La primera sección describe, como punto de partida, el derecho a la ciencia como un derecho fundamental. Al respecto cabe objetar, que como los mismos autores señalan, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea no reconoce expresamente este derecho con carácter fundamental, ya que su art. 13 se refiere a la libertad de las artes y de las ciencias. Es el deber de los poderes públicos, reconocido en varias Constituciones europeas, de fomentar el acceso de los ciudadanos a la ciencia, lo que justifica que los gobiernos adopten medidas para facilitar que la ciencia financiada con fondos públicos sea lo suficientemente abierta. 

En la segunda sección, los autores describen el desarrollo de la noción de ciencia abierta y el papel que han desempeñado la Comisión Europea e instituciones como la OCDE y la UNESCO para lograr su implantación y desarrollo en Europa. También se describen los resultados que ha logrado la implantación de la ciencia abierta en relación con el acceso abierto a las publicaciones y a los datos científicos, y los nuevos criterios para evaluar la calidad de las publicaciones.

La tercera sección del informe se centra en la descripción de los derechos de propiedad intelectual. Esta sección dedica un primer apartado a la justificación y origen de los derechos de propiedad intelectual, con base en teorías filosóficas (Locke, Kant, Hegel). Se echa en falta en el informe la cita a grandes juristas (como Gierke o Kohler) que fundamentaron la teoría de los derechos sobre los bienes inmateriales y justificaron su protección por derechos de propiedad. A continuación, el informe expone los pros y contras que comporta el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados científicos y pone énfasis en la dificultad de comprobar si el reconocimiento de estos derechos alcanza su objetivo de promover la creación e innovación. En esta misma sección, se expone el contenido y duración del copyright y se propone la creación de una organización que ostente la titularidad de los derechos de copyright de autores científicos en aras de divulgar el conocimiento de sus aportaciones. Se describe también, de forma muy sucinta, en qué consiste el derecho de patente sobre las invenciones técnicas y los requisitos para su concesión, así como los efectos de las patentes sobre la innovación y explica la dificultad de comprobar si estos derechos cumplen su finalidad de impulsar la innovación y el desarrollo tecnológico. Finalmente, se descarta que los derechos de marca puedan suponer un obstáculo al acceso a la ciencia y se pone de relieve la clara incompatibilidad entre los secretos industriales y la ciencia abierta.  

La cuarta sección del informe expone medidas concretas para lograr una mejor interacción entre la ciencia abierta y los derechos de propiedad intelectual. En concreto, las vías que propone el informe son: (1) el acceso abierto a las publicaciones científicas mediante un cambio en el modelo de oligopolio que caracteriza actualmente a los grandes grupos editoriales; (2) la utilización de los datos científicos conforme a los denominados principios FAIR –findable, accesible, interoperable y reusable– para facilitar su reutilización y difusión por la comunidad científica; (3) la implantación del modelo de las licencias libres, inicialmente empleada en el software, para la libre difusión de las creaciones científicas con el fin de evitar la restricción que les impone, por defecto, el copyright. El último apartado de esta sección se centra en la descripción de los derechos de propiedad intelectual sobre el interfaz, el análisis de los enlaces como posible infracción del copyright sobre el contenido enlazado y la nueva excepción de «minería de textos y de datos» a los derechos de copyright, introducida por la Directiva 2019/790 de derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital. 

La quinta sección del informe describe la dificultad de concretar en qué consiste el lema de que la ciencia abierta deber ser «as open as possible, as closed as necessary». Distingue entre los límites a la información científica que surgen por la propia naturaleza de la información (la que afecta a la intimidad, el honor de las personas, los secretos de seguridad nacional, etc.) y los límites a la información científica que imponen los titulares de derechos de propiedad intelectual y secretos industriales. También señala el informe cómo las licencias Creative Commons permiten una graduación entre el uso más libre o más cerrado de obras protegidas por copyright, mientras que este modelo de licencias no existe en el caso de las patentes. Concluye el informe que la ciencia abierta no comporta una apertura indiscriminada, pero que las razones que justifican sus límites deben ser razonables.  

El informe concluye con un resumen de sus resultados y recomendaciones, expuestos de forma clara y concisa. 

En su conjunto, el informe aporta una visión completa de los diferentes derechos de propiedad intelectual y su incidencia como posibles restricciones a la ciencia abierta. En algunas ocasiones, el informe incurre en cierta imprecisión –por ejemplo, al explicar la protección de las bases de datos por derechos de propiedad intelectual– o emplea términos del lenguaje de programación que dificultan la comprensión de algunos apartados. También hay que señalar que algunas recomendaciones del informe son demasiado amplias o poco realistas –como ocurre con la propuesta de ciertos cambios legislativos en el marco de la Unión Europea o la creación de la oficina Free Intellectual Property Rights and Open Science­ por organizaciones europeas–. Pero el informe logra su objetivo de plasmar la difícil coexistencia entre el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual y el desarrollo de la ciencia abierta. 

 

"¡Quemadlo con fuego!" - El uso de ChatGPT «polariza» a los revisores

Publicado en THE Times Higher Education https://www.timeshighereducation.com/news/corrupting-chatgpt-use-polarises-peer-reviewers   Quemadlo...