Publicado en blog Universídad. Una conversación pública sobre la universidad
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La recomendación del Consejo de Europa del año 1998 sobre la cooperación europea para la garantía de la calidad en la enseñanza superior y la posterior declaración de Bolonia del año siguiente que impulsó la creación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), fue el punto de partida de la creación el año 2000 de la European Association for Quality Assurance (ENQA) y posteriormente en el año 2008 de la European Quality Assurance Register for Higher Education (EQAR).
Es en este contexto y en el marco de la aprobación de la LOU en 2001, donde se menciona la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA). Es a partir de entonces cuando las comunidades autónomas crean sus propias agencias de evaluación, según la transferencia de competencias en materia de universidades de la administración central.
El modelo español de evaluación de la actividad universitaria es un modelo parcialmente descentralizado en el que conviven, con funciones no totalmente coincidentes la ANECA y las agencias autonómicas.
Para que los resultados de los procesos de evaluación de una agencia sean reconocidos por otras, todas ellas tienen que formar parte del Registro EQAR. Dicho registro en el cual se incluyen las agencias que cumplen los Standards and Guidelines for Quality Assurance in the European Higher Education Area, consta en la actualidad de 55 agencias de 30 países, de las cuales 10 son españolas.
España, con las mencionadas 10 agencias, es el país que tiene más agencias reconocidas, seguida de Alemania con nueve. En EQAR hay 21 países que tienen solo una agencia y los 7 restantes entre 2 y 3. Este hecho obliga a reforzar, con más razón que en otros países, la coordinación entre agencias para evitar que en competencias compartidas se recurra a una u otra agencia en función, por ejemplo, de sus diferentes niveles de evaluación.
Las actividades principales de la evaluación universitariaComo es sabido, una de las tareas centrales de las agencias de calidad es la evaluación de los programas e instituciones. En este caso, la Ley establece que esta función la pueden llevar a cabo la ANECA y las agencias autonómicas inscritas en EQAR. La ANECA ejerce las funciones de evaluación en aquellas comunidades que o bien no tienen agencia o todavía no están inscritas a la EQAR.
Otra de las actividades que desarrollan las agencias es la evaluación del profesorado. En este caso el modelo español asigna en exclusividad a ANECA la acreditación previa para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios y, de manera compartida entre ANECA y las agencias autonómicas inscritas en EQAR, la acreditación previa para el acceso a la figura de profesorado contratado y la evaluación de méritos de docencia y gestión.
La recientemente aprobada LOSU indica respecto a la acreditación de los cuerpos de funcionarios docentes que la ANECA acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades autónomas. Precisa, además, que dicho convenio deberá llevarse a cabo en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la LOSU
La ANECA se ocupa, también, de manera exclusiva de la evaluación de los sexenios de investigación (y de transferencia) de los funcionarios docentes.
La LOSU introduce la posibilidad que la ANECA pueda acordar con las agencias de calidad autonómicas, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos individuales.
La ANECA, además, está trabajando tanto para crear un sistema de sexenios docentes que se añadiría al de investigación y transferencia y, también, en la tarea de poner en marcha la primera convocatoria del sexenio de transferencia, una vez llevada a cabo la experiencia piloto.
Una carga burocrática muy elevada y crecienteLa consolidación de esta red de agencias de evaluación constituye, sin duda, un elemento esencial del SUE. Sin embargo, el propio funcionamiento de dichas instituciones supone un volumen de trabajo muy elevado tanto para ellas mismas como para las universidades.
A modo de ejemplo, hay que tener en cuenta que el número de titulaciones impartidas en España en el curso 2021-2022 ha sido de 9.131 incluyendo los títulos de grado, máster oficial, doctorado, dobles grados y másteres oficiales. Cada una de estas titulaciones ha de pasar un proceso de verificación y, posteriormente, uno de acreditación.
En lo que hace referencia a los tramos de investigación, ANECA ha gestionado desde su creación más de 275.000 solicitudes y otras 16.791 de tramos de sexenios de transferencias en la convocatoria piloto realizada.
Desde 2008 y en lo relativo a la acreditación del profesorado, ANECA ha atendido 51.690 solicitudes de acreditación para el acceso a los cuerpos funcionarios docentes universitarios. Desde el año 2002, ha gestionado 177.526 solicitudes de evaluación para la contratación de profesorado laboral.
Nuevos retos en la evaluación de la calidad. Hacia un mayor protagonismo de las universidadesSi a estas cifras le añadimos la tarea llevada a cabo por las agencias autonómicas, es fácil imaginar el ingente volumen de trabajo vinculado a la evaluación universitaria en España.
A partir de esta situación, la evaluación de la calidad de las universidades en España ha de abrirse necesariamente a nuevos retos. El primero de ellos debería conducir, aprovechando las posibilidades que ofrece la LOSU, a otorgar un mayor protagonismo, con la indispensable coordinación, en la actividad de evaluación, a las agencias autonómicas que forman parte de EQAR.
Este mejor reparto de tareas debería ir acompañado, también, por el impulso a la acreditación de centros y de la propia universidad. Ello redundaría en una mayor flexibilidad para adaptar los planes de estudios a nuevos requerimientos y una menor carga burocrática para el sistema universitario en su conjunto.
En otras palabras, se trataría de consolidar la acreditación institucional.
Con este mismo objetivo, y en el campo de la evaluación del profesorado, se debería reorientar esta función hacia los modelos que operen directamente a través de los departamentos, con el fin de garantizar la acreditación previa si el departamento está acreditado en los mecanismos de selección y promoción de sus profesores e investigadores. Yendo más allá, se deberían crear las condiciones para la acreditación institucional de las universidades, más allá de la de los departamentos; mucho más cuando la LOSU permite que las universidades se organicen internamente como crean conveniente.
De esta manera, una universidad acreditada institucionalmente debería tener capacidad para desarrollar su oferta docente sin verificaciones previas y llevar a cabo una política de personal sin necesidad de pasar por ese tipo de trámites , hecho que, por otro lado, es la práctica común en la mayoría de los sistemas universitarios.
Un segundo reto va asociado al Real Decreto 822/2021, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias. Este Real Decreto incorpora el tema de los resultados de aprendizaje como un elemento clave de los procesos de verificación de las titulaciones universitarias.
Este modelo implica sustituir la terminología basada en el tipo de competencias a unas memorias de los títulos donde los programas estén planteados en términos de resultados de aprendizaje (conocimientos, habilidades y competencias).
Finalmente, un tercer reto al que se deberán enfrentar las agencias de calidad es el del aseguramiento de la calidad de la formación permanente y la acreditación de los programas de corta duración, las microcredenciales.
Solo queda por añadir que, en el marco de la iniciativa Universidades Europeas, se deberán organizar los mecanismos de coordinación imprescindibles para la verificación de las titulaciones “europeas”.
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